Fiscalidad
Los inmuebles adquiridos a través de subasta judicial, en la fase de liquidación de los concursos de acreedores, tributan en el Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD)por el valor de referencia establecido por el Catastro y no por el precio fijado en la subasta, tal y como determina la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda, en una consulta vinculante de 24 de junio de 2022.