Fiscalidad
El Tribunal Supremo, a través de un auto de 14 de mayo de 2025, ha admitido a trámite un recurso de casación por el que deberá aclarar si para aplicar una exención en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) a las actividades económicas, la “principal fuente de renta” del contribuyente debe calcularse tomando como referencia la base imponible o la base liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), especialmente en lo que respecta a la aplicación del mínimo personal y familiar.