Tras más de un año desde la aprobación del Real Decreto Ley 3/2022, de 1 de marzo, que estableció la revisión excepcional para los contratos de obras (el cual entró en vigor el 2 de marzo de 2022, añadiéndose posteriormente diversas modificaciones), cabe plantearse las razones por las que no se ha ampliado dicho régimen a otros contratos, como pueden ser los de servicios o los suministros, con el agravio comparativo y la discriminación que ello supone para estos proveedores y partiendo de que la inflación desbocada y el fortísimo incremento de las materias primas afecta por igual a los diversos contratistas, sea cual sea el sector en el que operen o la calificación formal que merezcan los contratos que ejecutan.

Abogado del Departamento de Derecho Público y Regulatorio de Eversheds Sutherland