Asociada senior de Deloitte Legal

Han pasado casi 10 años desde que se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal de las empresas y, actualmente, la mayor parte de las compañías españolas cuentan con medidas de prevención penal (bajo diferentes denominaciones; programas de compliance penal, sistemas de prevención de delitos, etc.). Como es sabido, este tipo de medidas deben ser diseñadas e implementadas de acuerdo con dos premisas fundamentales; el tipo de compañía (tamaño, recursos orgánicos, sector, etc.) y los riesgos a los que está expuesta la misma desde un prisma penal.

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