Nicolás Noms y José Antonio Pérez García
El 25 de septiembre de 2018, la Audiencia Provincial de Albacete (Sección 1ª) dictó una pionera Sentencia, la 304/2018, por medio de la cual concluyó que una tasa anual equivalente (TAE) del 22,24 por ciento contenida en un contrato de tarjeta de crédito revolving suscrito en el año 2014 no resultaba usuraria. Para sostener tal conclusión, la Audiencia Provincial de Albacete adoptó un nuevo enfoque de la doctrina de nuestro Alto Tribunal al respecto.