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Fri, 14 Feb 2025 06:10:00 +0100
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La Dirección General de Tributos (DGT) aclara en una consulta del pasado 10 de diciembre que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y conforme a lo que la Ley de Patrimonio Histórico Español considera un bien de interés cultural, exime a los dueños de los inmuebles que tengan estos escudos, emblemas o piedras heráldicas con más de 100 años de antigüedad de pagar el impuesto. No obstante, para poder aplicar esta exención, el contribuyente tendrá que solicitarla al Ayuntamiento de la localidad donde se encuentre la vivienda.