Una de las cuestiones que está generando más controversia con la Administración Tributaria (AEAT) en relación con el Impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizable (IEPNR), es la posibilidad de solicitar (y obtener) la devolución del impuesto por parte de los adquirentes, no contribuyentes, de productos que son enviados fuera del territorio de aplicación del Impuesto (TAI).

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