Socio de KPMG Abogados
Alain Casanovas

El pasado 22 de enero se hizo pública la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, que interpreta el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas. En cuanto a los modelos de compliance, subraya su vocación de cumplir con la legalidad en general, y no sólo con la penal. Esta ambición conduciría a modelos transversales de compliance, esto es, llamados a coordinar un amplio espectro de obligaciones relacionadas con las normas, sin circunscribirse a la prevención penal.

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