Legal

Un abogado revela que los trabajadores con jornada reducida tienen derecho a cobrar el 100% del paro: "Cuenta como si trabajasen a tiempo completo pero lo registran como parcial"

Xavi Abat, abogado | Foto: TikTok

En España es habitual que muchos trabajadores soliciten la reducción de jornada por cuidado de hijos, discapacitados o familiares, un derecho al que pueden acogerse de forma voluntaria para poder compaginar ambas cosas. No obstante, existe mucho desconocimiento acerca del funcionamiento de este mecanismo.

Es habitual que empleados se intenten autoconvencer de que no necesitan acogerse a la reducción de jornada, pensando que pueden llegar a todo, porque creen que hacerlo supondrá cobrar menos paro en caso de quedar en situación de desempleo. Al verse reducido su salario por pasar de jornada completa a reducida, extrapolan dicho descenso a las prestaciones, algo que no es cierto.

Así lo confirma el abogado Xavi Abat en uno de sus últimos vídeos de redes sociales, donde hace hincapié en que los trabajadores que tengan reducción voluntaria de jornada por cuidado de hijos, discapacitados o familiares "tienen derecho a cobrar el paro como si siguieran trabajando a jornada completa".

Lo que dice la ley

La Ley General de la Seguridad Social (LGSS) en su artículo 270 sobre la cuantía de la prestación por desempleo establece que la base reguladora que la Seguridad Social debe tener en cuenta para calcular el paro que recibirá un trabajador "será el promedio de la base por la que se haya cotizado durante los últimos ciento ochenta días".

En palabras de Abat: "Esos días son los que tenías antes de la reducción voluntaria, no los posteriores". Esto es porque la reducción de jornada por cuidados nunca podrá perjudicar al trabajador que la requiere. No obstante, son muchos los casos en los que los gestores o la propia empresa comunican mal al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la reducción "y en lugar de poner jornada completa lo registran como a tiempo parcial".

Este error se traduce en una reducción del importe de la prestación por desempleo ya que como consecuencia "el SEPE va a calcular el paro sobre el salario reducido", lo que significa que se va a reducir considerablemente la cuantía, cuando no debería ser así. Por poner un ejemplo, si un trabajador cobraba 2.000 euros a jornada completa, si pide reducción al 50% se quedará ganando 1.000 euros. Si se da el caso de que se queda sin trabajo y solicita el paro, el SEPE debería calcular la prestación como si siguiera percibiendo los 2.000 euros. Sin embargo, si comunican mal la reducción, lo hará sobre los 1.000 euros, por lo que la persona perderá la mitad de lo que le correspondería cobrar por estar en paro.

Por esta razón, Abat recomienda revisar siempre la resolución del SEPE con respecto al paro y, en caso de que esté mal, reclamar siempre "porque tu derecho está blindado por ley. El paro lo tienes que tener al 100% aunque trabajes con reducción voluntaria por cuidado familiar", concluye.

@xavi_abat ? Mucho ojo con esto porque te puede costar miles de euros. Si trabajas con reducción voluntaria de jornada por cuidado de hijo, discapacitado o familiar, tu derecho al paro es al 100%. ? Lo dice la Ley General de la Seguridad Social (art. 270): el paro se calcula con la base de los últimos 180 días cotizados. ? Y esos días son los anteriores a la reducción, no los reducidos. El problema es que muchas veces el gestor o la empresa notifican mal al SEPE. En lugar de ponerte como jornada completa, te registran como tiempo parcial. ¿Resultado? El SEPE te paga el paro con el salario reducido. ? Ejemplo: cobrabas 2.000€, reduces al 50% y pasas a 1.000€. Tu paro debe calcularse como si siguieras con 2.000€, no con 1.000€. ?? Revisa siempre la resolución del SEPE. ?? Si ves que está mal, reclama: la ley está de tu lado. ¿Te parece justo que todavía se cometan estos errores? ? #elabogadodetiktok #CapCut ? On The Floor - M?

Por tanto, se entiende que acogerse a una reducción de jornada voluntaria por cuidados no se trata de una modificación de trabajo a tiempo parcial, de hecho las cotizaciones a la Seguridad Social no se verán afectadas. De este modo, si el trabajador quedase en situación de desempleo lo haría en base al salario que tuviera antes de la reducción, aunque salarialmente en su nómina esté cobrando menos durante ella.

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