Empresas y finanzas

Pierde la banca: los varapalos judiciales suman 66.600 millones en devoluciones potenciales

  • Europa y el Supremo han dictado seis grandes fallos en los últimos cuatro años contra el sector
Mazo de un juez sobre dinero. Foto: iStock

Los fallos judiciales del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) de los últimos cuatro años y el del Tribunal Supremo de este año en el caso de las tarjetas revolving han enmendado la plana a las entidades, que en el caso de que todos los clientes afectados reclamaran y se les diera la razón, el peor escenario, podrían afrontar devoluciones por hasta 66.600 millones de euros. Sin embargo, es difícil que todos los usuarios afectados por estas cláusulas acaben tomando medidas. En el caso de los consumidores con cláusulas suelo, a pesar de abrirse un arbitraje extrajudicial a inicios de 2017 por el que ya más de 533.000 clientes han pedido compensaciones, las asociaciones de consumidores estiman que hay otro medio millón de hipotecados que no han reclamado.

Los tribunales han fallado en los últimos años en contra de la banca en varios asuntos: las cláusulas suelo, las renegociaciones de estas, las hipotecas IRPH, las hipotecas multidivisa, el reparto de gastos hipotecarios y las tarjetas revolving. No obstante, estas sentencias siempre tienen un matiz, habrá que devolver lo cobrado de más siempre que los jueces nacionales convengan que existió falta de transparencia o abusividad en la comercialización de estos productos. Si se demuestra que el consumidor fue fielmente informado y firmó los contratos sabiendo lo que suponían no hay golpe para la banca.

El primer gran caso de devoluciones vino con las cláusulas suelo, después de que el Tribunal Supremo determinara que en el caso de que se declarara nulas por abusivas se debía resarcir los daños y el TJUE abriera en diciembre de 2016 la retroactividad para reclamar. Tras asumir el Alto Tribunal español la postura europea en febrero de 2017, el Gobierno habilitó una vía extrajudicial para reclamar por la que la banca ya ha devuelto más de 2.300 millones de euros. Además, por la vía judicial, también se han devuelto unos 750 millones, según fuentes jurídicas. Sin embargo, el TJUE abrió una nueva grieta a inicios de julio sobre este tema al señalar que aquellos clientes que hubieran firmada un acuerdo con la banca en materia de cláusulas suelo a cambio de no acudir a los tribunales, tienen derecho a reclamar indistintamente. Esta nueva posición abría la posibilidad de reclamaciones por hasta 2.000 millones de euros, en el caso de que los 500.000 consumidores que estima la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) que aún no han actuado, lo hagan. Cabe recordar que la banca devuelve por las cláusulas suelo una media de 4.500 euros por la vía extrajudicial y en torno a 7.500 euros si acuden a los tribunales.

Además, el último fallo del tribunal de Luxemburgo en materia de gastos hipotecarios, conocido el jueves, también supuso otro varapalo para el sector. El TJUE determinó que la banca debe devolver los gastos hipotecarios (gestoría, notaría, registro y tasación) a excepción del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), si se declara abusiva la cláusula. El Supremo dictaminó en 2015 que la cláusula podría declararse abusiva y por tanto nula si la banca imponía indiscriminadamente y sin negociación parte o todos los gastos a los clientes. Los despachos de abogados y asociaciones de consumidores estiman que la devolución de los gastos oscila entre los 1.400 y 2.500 euros y hay entre 7,6 y 8 millones potenciales de usuarios afectados, lo que daría en su cifra más alta de reclamaciones, devoluciones por unos 16.000 millones. Sin embargo, desde el sector consideran que el impacto del fallo va a ser casi nulo.

IRPH, tarjetas e hipotecas multidivisa

Otra de las sentencias del año, y la más esperada por la banca, es la de las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). El tribunal europeo declaró en marzo la validez del índice, puesto que en España estaba reconocido como oficial. No obstante, determinó que deben ser los jueces españoles los que dictaminen caso por caso si estas hipotecas se comercializaron con transparencia y los consumidores sabían lo que suponían estos préstamo. Goldman Sachs estimó que en el peor escenario, la banca podría afrontar 44.000 millones en devoluciones. Sin embargo, los analistas de Morgan Stantley rebajaron el golpe entre los 3.000 y 7.000 millones y Barclays, a los 3.600 millones.

El otro gran fallo de este año vino de la mano del Tribunal Supremo, que el pasado mes de marzo determinó que los préstamos concedidos a través de las tarjetas revolving con tipos de interés notablemente superiores a los tipos de interés medios de comercialización que recoge el Banco de España (que en la actualidad se sitúan en torno al 20%) son usureros. Barclays estimó que el fallo podía suponer reclamaciones de los consumidores por hasta 1.600 millones entre 2020 y 2024 en el caso de que reclamaran la mitad de los clientes.

Finalmente, otro tema puntiagudo es el de las hipotecas multidivisa. El TJUE se pronunció en 2017 sobre un caso en Rumanía, pero sobre el que los jueces españoles se están apoyando en muchos casos para dictaminar sentencias. Europa declaró abusivos los préstamos en el que el banco no informara al cliente de los riesgos multidivisa. En España, las entidades que más comercializaron estos créditos antes de la crisis fueron el Popular (ahora Santander), Barclays y Bankinter. De hecho, Bankinter incrementado las provisiones en los últimos tres años para afrontar los litigios, pasando de 85 millones en 2017 a 286 millones a cierre de 2019.

Notarios, escudo 'antilitigios'

El incremento de las reclamaciones a la banca tras el estallido de la crisis financiera y el goteo de fallos en contra ha derivado en una nueva ley hipotecaria, que entró en vigor en junio de 2019, y que sitúa a los notarios como un escudo antilitigios.

En base a que la mayoría de fallos que dan la razón al cliente frente a las entidades argumentan falta de transparencia e información a los usuarios a la hora de firmar un crédito para la adquisición de una vivienda, ahora los notarios tienen que certificar que el cliente ha comprendido todas las cláusulas de su hipoteca antes de firmarla. Concretamente, la nueva normativa estipula que los notarios deberán informar a los usuarios de forma gratuita sobre las condiciones y cláusulas precisas del préstamo hipotecario que le ofrece el banco en el plazo de diez días, además deberán realizar un test de comprensión al ciudadano y reflejar esa información en un acta notarial, también sin ningún coste. A través de esta imposición, la ley pretende evitar futuras reclamaciones por falta de transparencia.

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