Economía

Consumo coordinará desde el lunes con las CCAA las sanciones a la banca tras la sentencia del TJUE para evitar duplicidades

  • Busca evitar expedientes duplicados que acaben anulados por los tribunales
  • El TJUE obliga a devolver las cantidades cobradas por estas cláusulas
Foto: Dreamstime

El Ministerio de Consumo coordinará desde el próximo lunes los expedientes sancionadores que las Comunidades Autónomas presentarán contra la banca próximamente después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ordenara ayer la devolución de (casi)todos los gastos hipotecarios y obligara a las entidades financieras a asumirlos en su totalidad.

La Dirección General de Consumo ha convocado el próximo lunes a primera hora una reunión con las CCAA para iniciar lo antes posible la coordinación y evitar las duplicidades que en otras ocasiones han invalidado el proceso por haberse iniciado expedientes sancionadores simultáneos por parte de autoridades de consumo de varias regiones sobre una misma entidad financiera y por los mismos hechos. 

"Es importante evitar esta duplicidad, porque podría ser considerada una doble penalidad sobre la entidad, motivo por el que los tribunales ya han anulado en el pasado" este tipo de sanciones, explican desde el Ministerio.

En su nota, Consumo destaca que en su sentencia del jueves, el TJUE establece que la normativa de la Unión Europea se opone a que, una vez declarada la nulidad de una cláusula abusiva relativa al reparto de gastos hipotecarios, un tribunal nacional pueda negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esta cláusula, salvo que así lo refleje una norma interna.

En lo que se refiere a la reclamación por parte de los consumidores, el Ministerio recuerda que el TJUE determinó ayer que cuando se inicie un procedimiento judicial para la declaración de la abusividad de una cláusula y finalmente esta sea declarada abusiva, el reclamante no debe tener que correr con las costas procesales que origine el pleito para evitar que la asunción de costas no suponga un elemento disuasorio para que el consumidor haga valer sus derechos.

La sentencia del TJUE corrigió la interpretación del Tribunal Supremo, que entendía que, aunque fueran declaradas abusivas estas cláusulas, los gastos de constitución y cancelación de la hipoteca, en la práctica, debían repartirse entre prestatario y prestamista, aun no habiendo normativa nacional que así lo determinase.

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