Economía

Cómo saber si tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital y cuánto podrías cobrar

  • La Seguridad Social dispone de un simulador para consultarlo
  • Lo hace a través de un sistema de preguntas y respuestas
  • Las cuantías del IMV han aumentado un 3% en este año
Foto: Dreamstime.

Una de las pretensiones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones al dar luz verde al Ingreso Mínimo Vital es que diese cobertura a unos 2,2 millones de personas, pero tras más de un año y medio de vida apenas ha llegado a un tercio de esas personas. Quedan, por lo tanto, muchos ciudadanos que podrían percibir esta ayuda y que aún no la cobran.

Es por eso que el ministerio recuerda de forma periódica que pone a disposición de los ciudadanos un simulador mediante el cual no solo pueden saber si tienen derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital, sino que también les sirve para conocer qué cuantía aproximada podría tener en caso de cobrarlo, así como ayuda para la presentación de la documentación necesaria para tramitar su solicitud.

En su cuenta de la red social Twitter, el ministerio ha explicado la utilidad de su herramienta de simulación, una especie de calculadora que va preguntando diferentes datos personales y de ingresos al ciudadano para determinar si tiene derecho al Ingreso Mínimo Vital.

Disponible en este enlace y sin necesidad de acceso por métodos telemáticos como el certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos) o Cl@ve (puede registrarse así para obtener Cl@ve PIN o permanente), el simulador del Ingreso Mínimo Vital irá haciendo diferentes preguntas a la persona que lo consulte:

-Si lleva residiendo en España al menos un año.

-Si la persona vive sola. En este caso el sistema explica que se considerará vivir solo si se comparte piso con alguna persona más allá del segundo grado de cosanguinidad o afinidad, así como cuando se vive solo por razones de violencia de género, separaciones, divorcios o desahucios.

-Si la persona está casada o tiene una pareja de hecho.

-Alguna pregunta referente a la edad del interesado.

-Si el domicilio del último año fue diferente al de los progenitores.

-Cuestiones sobre la posible posesión de alguna sociedad mercantil.

-El valor de los bienes o propiedades, sin contar la vivienda habitual. Esto es por los límites que se imponen para poder cobrar el Ingreso Mínimo Vital que dependen de cada unidad de convivencia.

El sistema podría, además, realizar alguna pregunta más que considere pertinente. El objetivo de todas ellas será saber si cumple con los requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital y conocer cuál es la estructura de su unidad de convivencia, ya que es la que determina tanto los requisitos de renta y patrimonio como la hipotética cuantía de la ayuda.

Con todas las preguntas respondidas, el simulador de la Seguridad Social le indicará si tiene derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital y la cuantía del mismo. También de los incrementos que podría conseguir en caso de tener una discapacidad del 65% o superior. Además, facilita al ciudadano un enlace directo con toda la información sobre los trámites de solicitud del IMV.

¿Cuál será la cuantía del Ingreso Mínimo Vital?

En todo caso, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital siempre será la diferencia entre los ingresos de la persona solicitante y el límite de renta disponible para la unidad de convivencia que lo forma. Esto se debe a que el IMV es compatible con otros ingresos como sueldos, prestaciones por desempleo, pensiones, becas...

Así, si una persona que tiene a un menor a su cargo y que cobra 463 euros mensuales de un subsidio por desempleo podrá percibir hasta 284,07 euros mensuales, el resultado de restar esos ingresos al límite de renta mensual destinado para su unidad de convivencia (los 747,28 euros para un adulto y un menor).

Las cuantías para el Ingreso Mínimo Vital se han actualizado en 2022 después de experimentar una subida del 3% incluida en los Presupuestos Generales del Estado. Tras la actualización quedan de la siguiente forma:

-Para unidades de convivencia de un adulto: 491,63 euros mensuales y 5.899,60 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de un adulto y un menor: 747,28 euros mensuales y 8.967,39 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de un adulto y dos menores: 894,77 euros mensuales y 10.737,27 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de un adulto y tres o más menores: 1.042,26 euros mensuales y 12.507,15 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de dos adultos: 639,12 euros mensuales y 7.669,48 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de dos adultos y un menor: 786,61 euros mensuales y 9.439,36 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de dos adultos y dos menores: 934,10 euros mensuales y 11.209,24 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de dos adultos y tres o más menores: 1.081,59 euros mensuales y 12.979,12 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de tres adultos: 786,61 euros mensuales y 9.439,36 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de tres adultos y un menor: 934,10 euros mensuales y 11.209,24 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de tres adultos y dos o más menores: 1.081,59 euros mensuales y 12.979,12 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de cuatro adultos: 934,10 euros mensuales y 11.209,24 euros anuales.

-Para unidades de convivencia de cuatro adultos y un menor: 1.081,59 euros mensuales y 12.979,12 euros anuales.

-Para el resto de unidades de convivencia: 1.081,59 euros mensuales y 12.979,12 euros anuales.

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