
La preocupación de todos los trabajadores es llegar a la jubilación con una pensión que nos permita vivir la ultima etapa de nuestra vida con relativa con comodidad. También es un deseo de los autónomos, que deberán tener en cuenta ciertas diferencias con el resto de regímenes de la Seguridad Social a la hora de conseguir su pensión.
La Seguridad Social deja claro que, por norma general, la pensión de los autónomos se reconoce en los "mismos términos y condiciones" que los trabajadores por cuenta ajena. De hecho, al igual que ellos, los autónomos deben atender a dos variables para conocer la cuantía de su pensión de jubilación: los años cotizados en su actividad y la base reguladora.
En este punto, no obstante, llega la primera diferencia: a la hora de calcular la base reguladora con las últimas 288 bases de cotización (24 años) divididas entre 336, la Seguridad Social no permite al autónomo la integración de lagunas por la que, en los periodos que no cotizan, los trabajadores por cuenta ajena sí pueden colocar una cotización ficticia que corresponde a la base mínima durante 48 meses y al 50% de dicha base por el resto.
Teniendo en cuenta esto, llega el momento de calcular los años que se necesitan para tener derecho al 100% de esa base reguladora. Para poder aspirar al 50% de la base (o a la pensión mínima, si no llegase, gracias al complemento a mínimos), el autónomo debe trabajar 15 años, de los cuales dos deben ser siempre entre los últimos 15 años previos a la jubilación.
Desde esa base, deberá ir avanzando: a partir de ese momento, recibirá un 0,21% extra de base reguladora por cada uno de los 106 meses siguientes trabajados y un 0,19% de dicha base por cada mes de los 146 meses siguientes. Así, se estipula que, tras 36 años trabajados, el autónomo tendrá derecho al 100% de su pensión.
Es en este punto en el que surge otro de los problemas típicos para los autónomos: la gran mayoría de estos profesionales cotiza por la base mínima de cotización (944,40 euros mensuales actualmente), por lo que, tras toda una vida de trabajo, pueden encontrarse con una pensión que no cumpla con las expectativas creadas.
La solución es cotizar por bases de cotización más altas (el autónomo puede cambiar libremente hasta cuatro veces por año la base en el abanico entre la mínima y la máxima, de 4.070,10 euros), pero debe hacerlo conforme a la normativa, que pone ciertas limitaciones en los últimos años de la carrera laboral de estos trabajadores, tal y como explica la página web de la Seguridad Social:
-Los trabajadores que al comienzo de 2021 tengan 48 años o más y su última base de cotización mayor a 2.052 euros al mes, podrán elegir cualquiera de las bases comprendidas entre 944,40 euros (la base mínima) y el importe de la anterior. De no llegar esa base, podrán elegir una cualquiera comprendida entre 1.018,50 y 2.077,80 euros al mes.
-Los trabajadores que al comenzar 2021 tuviesen 48 años o más y tengan al menos cinco años cotizados antes de los 50 tendrán una base de entre 944,40 y 2.077,80 euros al mes si tenían una base inferior a 2.052 euros al mes. En caso contrario, podrán elegir bases entre los 944,40 euros y el importe de la base que tuviesen.
Dadas estas regulaciones, el autónomo debe tener claro que, en caso de querer hinchar sus cotizaciones en los años finales para poder aumentar la base reguladora (y la cuantía de la pensión), tendrá ciertas limitaciones y podrá moverse solo entre las bases marcadas por la ley.
Con todo, al autónomo le queda una última opción si quiere engordar su pensión: retrasar su edad de jubilación. Lo que se conoce como jubilación demorada premia a los trabajadores que alargan su carrera más allá de la edad ordinaria de jubilación con porcentajes extra de la base reguladora que dependen de los años cotizados previamente:
-Los trabajadores con menos de 25 años cotizados recibirán un 2% de la base reguladora por año extra trabajado.
-Los trabajadores de entre 25 y 37 años cotizados recibirán un 2,75% de la base reguladora por cada año trabajado de más.
-Los trabajadores de más de 37 años cotizados recibirán un 4% de la base reguladora por cada año trabajado de más.