Economía

Estas son las prejubilaciones de los autónomos (y la pensión que les queda)

  • Pueden acogerse a ellas, pero con una serie de particularidades
  • Uno de los problemas, la pensión que queda tras las reducciones
  • Puede ser complicado para los trabajadores con la base mínima
Foto: Dreamstime.

Todo lo que rodea a los autónomos siempre parece algo más enrevesado, pero estos profesionales por cuenta propia tienen derecho a bastantes prestaciones (no todas) de la Seguridad Social respecto a los trabajadores por cuenta ajena. Sucede lo mismo con las prejubilaciones, aunque con sus particularidades.

Los autónomos se pueden jubilar de forma anticipada. La Seguridad Social explica que todos los trabajadores de los diferentes regímenes se pueden acoger a ella, para lo cual deben cumplir una serie de requisitos que se diseñaron con la reforma de las pensiones en 2013, en la que los autónomos pasaron a beneficiarse de esta modalidad gracias al texto del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, que recoge estas condiciones:

-Superar, como máximo, dos años la edad ordinaria de jubilación. En 2021 es de 65 años para trabajadores con más de 37 años y 3 meses trabajados y de 66 años para el resto.

-Acreditar al menos 35 años de cotización, sin tener en cuenta la parte proporcional de las pagas extra y con la posibilidad de sumar hasta un año del servicio militar obligatorio, la mili.

-Tener cotizados al menos dos años dentro de los últimos 15 años anteriores al momento de causar el derecho o en cese en la obligación de cotizar.

-Tener un importe de pensión de cuantía superior a la pensión mínima que le correspondería por su situación familiar al cumplir los 65 años.

Estas condiciones son indispensables para garantizarse el acceso a la prejubilación de los autónomos, siempre que dicha prejubilación sea de forma voluntaria. La Seguridad Social explica que para los trabajadores autónomos no se cubre la prejubilación en los casos de cese no voluntario en el trabajo y la prejubilación sin tener la condición de mutualista.

Teniendo claro si tenemos acceso o no a la prejubilación, el otro aspecto clave es la cuantía de la pensión que resulta. Como en todas las prejubilaciones, se descuenta parte de la base reguladora cierta parte en función de lo que se adelante la jubilación. La normativa contempla los siguientes coeficientes reductores:

-En carreras de menos de 38 años y 6 meses se descuenta un 2% por trimestre.

-Para trabajadores de entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses trabajados, se descuenta un 1,875% por trimestre.

-Para trabajadores de entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses trabajados, el descuento por trimestre es del 1,75%.

-Los trabajadores con más de 44 años y 6 meses trabajados tienen un descuento del 1,625% por trimestre adelantado.

Como todo, el principal problema para estos autónomos es la base de cotización por la que cotizan. La gran mayoría del sector suele hacerlo por la base mínima (actualmente 944,40 euros mensuales), lo que ya hace una pensión de jubilación bastante justa y que, en el caso de las prejubilaciones, dejaría cuantías aún menores tras los coeficientes reductores.

La posibilidad de aumentar dicha base de cotización se reduce con el paso del tiempo. Los trabajadores que, al cumplir 47 años, hubiesen tenido una base inferior a 2.052 euros mensuales no podrán, a partir de ese momento, tener bases por encima de los 2.077,80 euros al mes.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky