El pasado 21 de febrero se publicó en el BOE la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Con este nuevo marco normativo, desde el 13 de junio todas las empresas españolas con 250 o más empleados deben disponer de un canal interno de denuncias que permita a los empleados reportar las potenciales ilegalidades de las que tuvieran conocimiento en el ámbito de la actividad social. Este canal de denuncias debe estar disponible, asimismo, para un amplio número de terceros externos a la entidad, como proveedores, subcontratistas o candidatos a empleo, entre otros, que por su particular posición podrían ser conocedores de prácticas presuntamente ilícitas entorno al funcionamiento de la empresa.

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