El nuevo texto de la ley concursal que entró en vigor el septiembre del año 2022 y que traspone la Directiva 2019/1023 sobre restructuración e insolvencia, modificó radicalmente el régimen pre concursal al apostar por mecanismos de restructuración preventiva en el caso de que se considere que la compañía tenga riesgo de insolvencia. Esta reforma supuso un cambio de paradigma ya que, con la nueva normativa, la propiedad de la empresa puede cambiar de manos en un santiamén. En efecto, la nueva norma permite a los acreedores, si consideran que hay riesgo de solvencia, puedan imponer un plan de restructuración y tomar el control del capital de la compañía amortizando las participaciones de los socios mediante la capitalización de créditos en compañías que no estén en concurso. Los planes pueden incluso imponerse a los socios, ya que no siempre necesitan de su consentimiento; por eso, como recuerda la exposición de motivos de la Ley, no se denominan "acuerdos", sino "planes" de reestructuración y podrán tener por objeto la modificación de la composición, de las condiciones o de la estructura del activo y del pasivo del deudor, o de sus fondos propios, lo que puede suponer un arma de doble filo.

Economista y miembro del Consejo Editorial de 'elEconomista.es'