
La reforma de las jubilaciones anticipadas que plantea José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, afectará a todos aquellos trabajadores que, a partir de 2022, quieran adelantar su jubilación hasta dos años antes, incluidos los que tienen sueldos muy altos, por encima de la pensión máxima de jubilación.
Para el grueso de los trabajadores se prevén nuevos coeficientes reductores que se aplicarán a la cuantía de la pensión en lugar de a la base reguladora y que principalmente perjudicarán a las prejubilaciones con 24 y 23 meses de anticipación y en los últimos meses (del 1 al 3). Existen diferentes tipos de escalas de coeficientes en función de los años trabajados, desde los ciudadanos con menos de 38 años y 6 meses hasta los que han cotizado más de 44 años y 6 meses.
El procedimiento es sencillo para estos trabajadores: se calcula su pensión en función de los años trabajados y el porcentaje al que tienen derecho de la base reguladora, y después se les somete a esos coeficientes reductores. En definitiva, el proceso habitual de cálculo de las pensiones, pero con ese añadido extra, ese coeficiente reductor como contrapeso a la anticipación de la jubilación.
Sin embargo, en el caso de los trabajadores con sueldos altos, un escenario factible es el que se produce cuando, después de haber hecho ese cálculo y esas reducciones la cuantía de la pensión sigue quedando por encima de la pensión máxima. Al estar las pensiones topadas (esto es, con un límite, que para 2021 es de 2.707,49 euros mensuales), es imposible disponer de una pensión para sueldos superiores que han generado bases reguladoras muy altas.
Al estar cotizando los trabajadores por encima de esa pensión máxima durante muchos años, el sistema plantea actualmente una reducción que, eso sí, ya afecta a la cuantía de la pensión: a razón de 0,5% por trimestre. Así, el trabajador que quiera adelantar su jubilación lo máximo posible, dos años, tendrá una penalización de un 4%. Se trataba de compensar ese desfase entre la base reguladora originada y la pensión máxima, claramente inferior.
La normativa, desarrollada en la reforma de la Ley General de la Seguridad Social que ejecuta el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, solo planteaba dos excepciones: para jubilaciones de pensiones en regímenes anteriores, así como las de los grupos con trabajos de naturaleza "excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre" o con discapacidad.
La idea de Escrivá es aumentar esas penalizaciones a la jubilación anticipada de las pensiones máximas del 4% al 21%, aplicando los mismos porcentajes que al resto de prejubilados y siempre en función de los años trabajados, aunque en un periodo de transición de 12 años. Se irían aumentando, progresivamente, los coeficientes, que aparecen recogidos en la página web de Moncloa:
-Del 3,26% al 21% para los trabajadores con menos de 38 años y 6 meses cotizados.
-Del 3,11% al 19% para trabajadores de entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses cotizados.
-Del 2,96% al 17% para trabajadores de entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses cotizados.
-Del 2,81% al 13% para los trabajadores con más de 44 años y 6 meses cotizados.