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El Real Decreto de las medidas urgentes contra el coronavirus publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado desgrana las medidas anunciadas ayer por Pedro Sánchez. Por ejemplo la exención del pago de cotizaciones a la Seguridad Social por parte de la empresas para los trabajadores afectados por ERTEs no será en su totalidad para compañías con más de 50 empleados. Para acogerse a la moratoria del pago de las hipotecas la unidad familiar no podrá tener ingresos superiores a 1.613,52 euros si se ha perdido el empleo.

Real Decreto-Ley

Sorpresa. Ayer nos acostamos con la idea de que las empresas que aplicasen un Erte estarían exoneradas del pago de las cuotas de la Seguridad Social de sus trabajadores. El propio Pedro Sánchez pidió responsabilidad a las empresarios para que no despidiesen a los trabajadores y acudiesen a la vía de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (Erte) para poder acogerse así a las exoneraciones de las cotizaciones. | La letra pequeña del Real Decreto Ley aprobado este martes por el Gobierno.

Real Decreto-Ley

El Real Decreto-Ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico del COVID-10 ha aprobado una línea de financiación de hasta 200 millones de euros a través del Instituto de Crédito Oficial para atender las necesidades financieras de las pymes para la compra y leasing de equipamiento y servicios para la digitalización entre otras y, en particular, para la dotación de soluciones de trabajo no presencial.| La letra pequeña del Real Decreto Ley aprobado este martes por el Gobierno.

Consejo de Ministros

El segundo plan de choque que ha aprobado hoy el Gobierno incluye un Real Decreto-Ley, que tendrá validez al día siguiente de su aprobación en Consejo de Ministros, referido a medidas extraordinarias en relación al COVID-19 en el Ámbito Laboral cuya principal medida es permitir a los parados temporales afectados por un Erte que no tengan suficiente cotización cobrar el desempleo. Además, no agotará su derecho en caso de futuros desempleos. | Pedro Sánchez movilizará 200.000 millones, el 20% del PIB.

Plan de choque

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un conjunto de medidas económicas y laborales para afrontar los efectos del coronavirus, entre la que se incluye la exoneración del pago de cotizaciones a aquellas empresas que, en lugar de despedir trabajadores, se acojan a expedientes de regulación de empleo temporales (ERTE). Es decir, se produciría la exención y no un aplazamiento del pago.

Plan de choque

De momento, hay cierta confusión entre las asociaciones de autónomos sobre las medidas que ha aprobado el Gobierno dedicados a ellos. Dos parecen estar seguras: una prestación extraordinaria por cese de actividad sujeta a una regulación singular y, por tanto, diferente de la que rige la prestación ordinaria de cese de la actividad y en el caso de poder acogerse a esta medida, no tendrá que cotizar a la Seguridad Social mientras esté activa. A falta de conocer los detalles, la prestación podría rondar los 700 euros para un autónomo con una base reguladora de 1.000 euros.

El Gobierno ya descuenta que el Estado de Alarma durará más de dos semanas

Información laboral

La Comunidad de Madrid, en su página oficial, ha lanzado una pormenorizada información para trabajadores, empresas y autónomos sobre los efectos del coronavirus, con especial incidencia en los derechos y deberes en estos momentos en los que muchas personas están teletrabajando o sometidos a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

Efecto económico del coronavirus

Cómo ha anunciado este fin de semana el presidente del Gobierno, el Consejo de Ministros de este martes aprueba un segundo paquete de medidas para paliar lo más posible el efecto que la epidemia está generando sobre la economía. El objetivo, que cuando todo termine no haya cerrado ninguna empresa, grande o pequeña, ni ningún autónomo ni se haya quedado sin empleo ninguna persona.