El Tribunal Supremo (TS) ha fallado contra la empresa de reparto a domicilio Glovo y sostiene que sus repartidores son falsos autónomos. De esta forma, el Tribunal ha declarado la existencia de relación laboral entre la empresa y uno de sus repartidores, o riders. El Supremo rechaza así elevar este asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) mediante una cuestión prejudicial.