Economía

El Supremo falla contra Glovo y sostiene que sus repartidores son falsos autónomos

  • El Tribunal establece la relación laboral de la empresa con sus 'riders'
  • Rechaza que sea una mera intermediaria: "Es una empresa de recados"
  • "Se sirve de repartidores que no disponen de una organización propia"

El Tribunal Supremo (TS) ha fallado contra la empresa de reparto a domicilio Glovo y sostiene que sus repartidores son falsos autónomos. De esta forma, el Tribunal ha declarado la existencia de relación laboral entre la empresa y uno de sus repartidores, o riders. El Supremo rechaza así elevar este asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) mediante una cuestión prejudicial.

El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha adelantado su decisión en una nota informativa pese a que aún no ha publicado la sentencia. El Tribunal Supremo sostiene que Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores. "Es una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio", apunta en el comunicado.

Los magistrados estiman que concurren las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad. Según el Supremo, Glovo es titular de los activos esenciales para la realización de la actividad. "Para ello se sirve de repartidores que no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, los cuales prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador", explican.

Glovo ha indicado que está a la espera de la definición de un marco regulatorio "adecuado" por parte del Gobierno y la Unión Europea. En un comunicado este miércoles, la empresa de reparto ha indicado que "respeta" la sentencia del alto tribunal. Glovo defiende la definición de una legislación a nivel estatal, puesto que, a su juicio, las resoluciones judiciales versan sobre situaciones concretas de un modelo "en constante evolución".

"En los tribunales, el debate se encuentra abierto, ya que hay varias sentencias que validan el modelo, como la última del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE), y otras contrarias, como en España", ha expuesto.

El criterio europeo

La Sala octava del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó un fallo en mayo en el que, respondiendo a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Trabajo de Watford (Reino Unido), niega la existencia de una relación laboral y la calificación jurídica de trabajador a los riders.

Tras una denuncia presentada contra la firma Yodel Delivery Network, el TJUE dictaminó, en concreto, que no estamos ante un trabajador y, por tanto, no es de aplicación a la relación jurídica examinada la Directiva 2003/88/CEE relativa a la ordenación del tiempo de trabajo. Ricardo Oleart, abogado especializado en derecho laboral, explicaba entonces a elEconomista que "el fallo del auto es suficientemente expresivo por sí mismo ya que se opone a que una persona empleada por su supuesto empleador en virtud de un acuerdo de servicios que la considera trabajador autónomo sea calificada como trabajador en el sentido de la directiva, cuando dispone de distintas dificultades".

Los jueces ven la relación

Sin embargo, los jueces españoles ven la relación laboral de estos repartidores con Glovo. La Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dictó a finales del año pasado que los repartidores de Glovo son trabajadores y hasta entonces habían venido actuando como falsos autónomos.

El fallo del TSJ condenó a la empresa de repartos a readmitir o indemnizar al repartidor al que despidió de forma improcedente, aunque no haya mediado entre las partes contrato laboral formalizado en papel como tal. De esta manera, la sentencia de Pleno marcó el criterio para resolver futuros recursos respecto a casos similares en la Comunidad de Madrid.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo, dirigido por Yolanda Díaz, trabaja en el desarrollo de un proyecto de ley que garantice la laboralidad de los riders y prohíba cualquier posibilidad de crear la figura del autónomo digital.

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Comentarios 12

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Sebastian
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Pero......, ¿alquien dudaba que no eran FALSOS autónomos?

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#1
TEO
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Alguien duda que a partir de ahora serán VERDADEROS PARADOS....

Puntuación 13
#2
incredulo
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Muy bien. A partir de ahora, una empresa menos. Glovo no es rentable de otra forma.Ni sus repartidores repartirán al salario que les tocaría en régimen general.A menos que los consumidores estén dispuestos a pagar el doble o triple por sus servicios. Blanco y en botella.

Puntuación 4
#3
Pepe
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#3 La cuestión es que esta empresa pretende vivir de hacer la competencia desleal a empresas que hacen lo mismo que ellos pero legalmente, y claro que el servicio cuesta más si tienes a la gente legalmente que si la tienes ilegalmente. Llamar a los trabajadores "riders", o sea ciclistas, no convierte a unos transportistas en ciclistas, es una broma burda, un insulto a la inteligencia.

Si se permitiera semejante burla quienes perderían sus puestos de trabajo serían los trabajadores de las empresas legales y estas acabarían cerrando.

Puntuación 24
#4
TEO
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#4 y si hacemos que contratar en régimen general no sea tan caro, por ejemplo,bajando las cotizaciones, que son un impuesto al trabajo... La legalidad actual hace inviables muchas empresas y es tan rígida que al final paro, paro y más paro

Puntuación 10
#5
Pepe
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#5 por supuesto que estoy de acuerdo, pero en este país todo está preparado para machacar a las clases medias y que vivan de ellos los políticos, los funcionarios y todos los afiliados a chiringuitos de todos los tipos que inventan para mantener sus votos y sus privilegios.

Puntuación 17
#6
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JULIUS

N2

¿ Alguién duda de que los que vengan detrás, si despiden a estos, tendrán muchos más derechos y mejores condiciones.?

La pena es que la sentencia no incluye unas decenas de millones de Euritos de multa, para que se rían de spm. La prixima vez.

Puntuación 0
#7
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A comerla Glovo

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#8
Destruyendo empleo
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Yo no sé si serán empleados, falsos empleados, autónomos o falsos autónomos. Lo que si sé, es que los riders que hasta ahora se ganaban la vida con Glovo, ahora se van a ir al paro. Un fuerte aplauso para el Tribunal Supremo. No se pueden aplicar leyes del siglo XIX para una economía digital del siglo XXI.

Puntuación 2
#9
Usuario validado en elEconomista.es
vilicitano
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Vivimos en un país de exclavos, inútiles y de gente sin orgullo. Y lo peor de todo es que va a más. No te gustan las condiciones, pues no les trabajes, punto. Sabes porque les trabajas? Porque en vez de formarte en una profesión, decides que papá estado decida por ti y estos te harán cada vez más pobre y más inútil, si dejas que en vez del mercado, o sea los clientes no sean los que decidan que producto o servicio utilizar. Estos que han denunciado, espero, que cuando prosperen en estado los hunda también....

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#10
ambro
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Nada, pues ahora pasarán a parados verdaderos...En fin.

Puntuación 5
#11
incredulo
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4 Pepe. Pues las otras, como tu dices, no son rentables lo tienen fácil, que cierren o se reinventen. El Capitalismo no es más que beneficiar al clientes con bienes de mejor calidad al mejor precio. Los que realmente se benefician de empresas como Glovo son sus clientes. Por lo tanto , si queremos ser buenistas, preferimos beneficiar a todos los clientes antes que a unas cuantas empresas competidoras.

Por tu teoría deberíamos prohibir vender a Amazon porque perjudica al Corte Inglés.

Puntuación 3
#12