El Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano independiente de la UE y cuyas resoluciones no son vinculantes para los países, publica las tres conclusiones finales sobre la indemnización por despido en España. La cuantía es insuficiente para reparar los daños al trabajador e incentiva a las empresas a rescindir contratos; los jueces deberían decidir la readmisión de los empleados; y las compensaciones a los interinos y personal público contratado en fraude de ley son exiguas.