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Europa decidirá el viernes si España debe incrementar la indemnización por despido

  • Resolverá la denuncia de CCOO, que pide compensaciones adicionales por daños
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. | EP
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El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) del Consejo de Europa, organización internacional independiente de la UE, publicará este viernes su decisión sobre si España debe encarecer el despido improcedente para asegurar una indemnización adecuada a los trabajadores.

El Comité dará respuesta a la reclamación interpuesta por CCOO el 18 de noviembre de 2022 en la que denunció que España incumple el artículo 24 de la Carta que obliga a dar una indemnización suficiente a los empleados afectados.

El sindicato señaló que los tribunales nacionales no están autorizados para obligar a las empresas a readmitir a los trabajadores en caso de despido improcedente o fraudulento. También argumentó que la legislación española no permite a los afectados obtener una indemnización adicional por daños y perjuicios y de un importe suficiente como para disuadir a las compañías de los ceses.

Finalmente, en el ámbito de la Administración pública, criticó la escasa indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de doce mensualidades que reciben los trabajadores con contratos temporales cuando son despedidos porque se ha cubierto la plaza que ocupaban.

El Comité Europeo de Derechos Sociales ya concluyó el 22 de julio de 2024, en respuesta a una reclamación de UGT, que España incumplía con la Carta Social Europea en materia del despido al topar la indemnización a 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades.

Aunque las decisiones de este Comité no son vinculantes porque no es un tribunal, varias jueces nacionales han concluido que España tiene la obligación de cumplir con la Carta Social Europea que subscribió en 2021.

El Tribunal Supremo ya rechazó en su fallo del 20 de diciembre de 2024 que los jueces puedan incrementar la indemnización por despido y señaló que España cumple con el Convenido de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que establece que la indemnización debe ser adecuada. El fallo señala que la compensación que marca el Estatuto de los Trabajadores es adecuada para compensar los daños a los empleados.

Sin embargo, el alto tribunal aún no se ha pronunciado respecto al cumplimineto de la Carta Social Europea en materia de despido.

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