13/11/2023, 06:00
Mon, 13 Nov 2023 06:00:00 +0100
https://s03.s3c.es/imag/_v0/400x53/3/d/7/logo-ee-anv-home-2.png33043
El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha unificado criterio en una resolución del 30 de octubre en la que establece cuándo se pueden aceptar las pruebas presentadas por un contribuyente fuera de plazo, tras un procedimiento de inspección de la Agencia Tributaria. El TEAC, tras revisar la jurisprudencia al respecto del Tribunal Supremo, señala que tanto la Agencia Tributaria como los Tribunales Económicos-Administrativos Regionales, si se llega a estos órganos, deben valorar las pruebas presentadas fuera de plazo por los obligados tributarios, aunque no las aportaran durante el proceso de inspección, siempre que se certifique que no hubo una conducta abusiva o maliciosa por parte del interesado.