Opinión
El Tribunal Supremo ha dictado una interesante sentencia en fecha 21 de mayo de 2025 (STS 2385/2025), en la que determina que cuando no puede constatarse una incidencia relevante en la conexión entre las nuevas contrataciones y la amortización de puestos, el órgano judicial no debe hacer un juicio de oportunidad sobre la gestión empresarial, sino limitarse a analizar la legalidad de la causa, su razonabilidad -adecuación entre causas y medidas- y la ausencia de fraude o vulneración de derechos fundamentales en la decisión