Nacional

Cuantía y requisitos de los cuatro tipos de ayudas a autónomos por cese de actividad implantadas en febrero

  • El sector está a la espera de la aprobación de las ayudas directas
  • Mientras, el Gobierno ha actualizado y prolongado prestaciones
  • Es el caso de las ayudas a autónomos por el cese de actividad
Qué ayudas tiene el autónomo por cese de actividad (paro)
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El Gobierno está preparando el esperado paquete de ayudas directas empresas, pero mientras tanto el autónomo tiene acceso a varios tipos de prestaciones como Los Erte, que fue una de las primeras en entrar en funcionamiento. O algunas más recientes, como las nuevas ayudas por cese de actividad de febrero. Se trata de la actualización de una prestaciones y su acuerdo de prórroga hasta al 31 de mayo. 

Este nuevo paquete de ayudas se aprobó en el Consejo de Ministros a través de la aprobación del Real Decreto-ley 2/2020, de 26 de enero de 2020, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo. Según explicó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, esta ampliación tendrá un coste de 2.000 millones de euros hasta mayo, de modo que la factura total del escudo protector del empleo autónomo desde marzo sumará más de 10.000 millones de euros.

El Gobierno ha facilitado al acceso a las ayudas a autónomos por cese de actividad

El nuevo Real Decreto-ley facilita el acceso a la prestación porque elimina varios requisitos como son:

1. No es necesario haber solicitado antes la prestación.

2. Reducción del 75% al 50% el nivel de pérdidas a acreditar para acceder al cese de actividad.

3. Se cambia as condiciones para que los autónomos de temporada puedan beneficiarse de la prestación.

Además de un acceso más fácil a las prestaciones, el nuevo decreto también establece hasta cuatro casos en los que los autónomos podrán acceder al cese de actividad extraordinario.

1.  Cuantía y requisitos de las ayudas por cese de actividad a autónomos afectados por cierres obligados

Esta prestación se enfoca a los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención. La cuantía de la prestación será del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada, al tiempo que el beneficiario quedará exento del pago de la cuota mensual al Reta.

2. Cuantía y requisitos de las ayudas por cese de actividad a autónomos que han sufrido restricciones

Estas ayudas van enfocadas a los trabajadores por cuenta propia que sin haber tenido que cerrar sus negocios se han visto sujetos a restricciones horarias y de aforo. En este caso, los requisitos serán acreditar en el primer semestre del 2021 unos ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia inferiores en un 50% a los habidos en el primer trimestre de 2020. Y la cuantía de la prestación también sería del 50% de la base reguladora y quedarían exoneradas las cuotas.

3. Cuantía y requisitos de las ayudas por cese de actividad al trabajo por cuanta propia

La prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia tiene como requisito la acreditación en el primer semestre de 2021 de una reducción de los ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia de más del 50% de los habidos en el segundo semestre de 2019. Igualmente, la cuantía de la prestación también sería del 50% de la base reguladora y quedarían exoneradas las cuotas.

4. Cuantía y requisitos de la ayudas por cese de actividad a trabajadores por temporada

Los requisitos para acceder a la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada (aquellos que tuvieron un único trabajo en 2018 y 2019) es que deben haber estado de alta en un régimen de seguridad social como trabajador por cuenta ajena entre cuatro y seis meses en cada uno de esos años. Respecto a la cuantía de la ayuda, será el equivalente al 70% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desempeñada. Además, mientras la percepción de la prestación no existirá obligación de cotizar al Reta.

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