Legal

La 'Ley rider' se ampliará: el Gobierno vigilará el uso de falsos autónomos más allá del reparto a domicilio

  • Europa obligará a proteger a trabajadores de plataformas 'online' de cualquier actividad
Vista de un repartidor a domicilio. | Luis Moreno
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El Gobierno tendrá que modificar la conocida como Ley Rider para controlar el uso y abuso de falsos autónomos por parte de las plataformas digitales, más allá de la actividad de reparto. La Unión Europea ya ha aprobado el Proyecto de Directiva de Trabajadores de Plataformas, que terminará de ver la luz verde en cuestión de meses, y obligará a todos los países miembro a vigilar el uso de falsos autónomos por parte de estas plataformas, tengan la actividad que tengan como la de ofrecer conductores, cuidadores, traductores o limpieza.

España fue pionera en la UE con la aprobación de la Ley Rider para regularizar el uso de falsos autónomos del sector del reparto como los que trabajan para Glovo o Amazon, obligando a las compañías a contratarlos. Ahora esta vigilancia deberá extenderse sobre todos los trabajadores de plataformas digitales.

María Eugenia Guzmán, socia responsable de Laboral en PwC Tax & Legal, explica que la Ley Rider es muy escueta porque lo que hizo fue reformar el Estatuto de los Trabajadores en dos cuestiones: estableció una presunción de la laboralidad a favor de los trabajadores de las plataformas de reparto y obligó a estas compañías a informar a los representantes de los trabajadores de los parámetros en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo. "En cambio, frente a esta regulación nos topamos con un proyecto de Directiva bastante amplio", puntualiza.

Según María Eugenia Guzmán, las diferencias relevantes entre lo regulado en España y lo que está por venir son varias. De un lado, la Directiva tiene un ámbito mucho más amplio porque se refiere a los trabajadores de plataformas de cualquier tipo de actividad y no solo a los de envío a domicilio.

Además, indica, tiene otra vertiente que en nuestra regulación no está tratada que es la protección de datos de los trabajadores de las plataformas digitales.

"Hay otra cuestión muy novedosa que es la humanización de la plataforma. Se establece que las empresas tienen que, obligatoriamente, a la hora de tomar decisiones en materia de gestión de Recursos Humanos, tener personal responsable que se ocupe de revisar la humanidad de la toma de decisiones", apunta. Es decir, que puedan revocar decisiones automáticas tomadas por sistemas informáticos para aplicar criterios humanos.

"La Directiva en determinados temas indica que no se puede tomar una decisión por razones algorítmicas (como que la máquina detecte baja productividad y decida prescindir del trabajador) sino que debe determinarlo una persona", aclara la socia responsable de Laboral de PwC Tax & Legal.

Lo que sí tienen en común la Ley Rider y la futura directiva es que obliga a que el legislador establezca una presunción de que la relación que hay entre el trabajador y la plataforma digital es laboral.

La norma europea dejará en manos de cada país cómo se regularizará la relación laboral en el caso de que se detecte el uso de falsos autónomos, así como la imposición de sanciones adecuadas a estas empresas en el caso de que se detecten infracciones.

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