
La futura Ley del Suelo pondrá fin a las denuncias interesadas de ciudadanos contra planes urbanísticos o licencias de obra para tratar de llegar a un acuerdo económico a cambio de retirar la queja. La norma, que en la actualidad se tramita en el Congreso de los Diputados, trae dos novedades relevantes.
De un lado, permitirá corregir en el plazo de un año cualquier infracción formal de un plan urbanístico sin que se tenga que anular por completo, como pasaba hasta el momento, favoreciendo así los desarrollos y la construcción en las ciudades. Mientras que de otro lado reforma la acción pública, es decir, la legitimación de cualquier ciudadano para denunciar, para que solo se pueda impugnar un plan, obra o licencia para salvaguardar el interés general y no por un defecto de forma, como puede ser que falte un documento, y evitar así denuncias interesadas que se resuelvan a través de una negociación económica.
De hecho, la futura ley señala que "el desistimiento en vía administrativa o contencioso-administrativa [...] no podrá llevar partidas económicas en favor del recurrente".
Marta Plaza, socia de GTA Villamagna Abogados, explica que en el ámbito del urbanismo existe la acción pública que significa que cualquier persona puede impugnar un plan o una licencia. "Hasta ahora era así y era una fuente de negociación", subraya.
Plaza apunta que, especialmente en los municipios más pequeños donde la gente sabe quién estaba construyendo, había personas más avispadas que miraban el expediente en busca de una infracción, impugnaban el plan o la licencia y pedían dinero a cambio. Ahora, señala la abogada, la futura ley estipula que la impugnación se tiene que hacer sin abuso de derecho y siempre que se pretenda justificar el interés general. Además, si se quiere desistir, no puede haber contraprestación económica detrás. "La norma trata de evitar situaciones abusivas", señala.
Evita bloqueos urbanísticos
La futura ley también pone fin a los bloqueos urbanísticos durante años. Marta Plaza indica que hasta el momento, cuando se invalidaba un plan, se anulaba por completo, desaparecía del ordenamiento jurídico como si nunca hubiera existido y había que empezar de cero. Esto dejaba desarrollos completamente bloqueados durante años como ocurrió con el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, que fue anulado en lo relativo a los grandes desarrollos del sureste de la capital (Valdecarros, Los Ahijones o Los Cerros) y hasta 2013 no se consiguió sacar adelante.
Plaza explica que ahora la ley distingue entre dos tipos de infracciones en un plan, los materiales y los formales. En el caso de que el plan incurra en vicios materiales, como que considere un suelo urbanizable una zona protegida o verde o que sea aprobado por una autoridad no competente, sí podrá ser anulado de pleno derecho. Pero si el plan incurre en vicios formales, como que falte un informe, la regla general va a ser que son anulables en lugar de nulos de pleno derecho y permite retrotraer las actuaciones al momento en que se debió emitir dicho informe para incorporarlo y volver a aprobarlo, sin tener que empezar el plan de cero como antes. La norma da a la Administración un plazo de un año para corregir el error, prorrogable seis meses más si acredita de forma fehaciente la imposibilidad de llevar a cabo la subsanación en un plano menor.
"Esto reducirá la incertidumbre y generará más seguridad jurídica porque ante la impugnación de un plan por un motivo formal se evitará ese bloqueo", explica Plaza.
Finalmente, la ley favorece la construcción de vivienda protegida por parte de un ente público, ya que si la Administración que debe conceder la licencia no contesta en plazo, el silencio se entenderá con efectos positivos, es decir, se dará por conseguida la licencia.
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