
Hace poco más de un mes, los Veintisiete daban su respaldo a la ley de plataformas digitales, la normativa que busca mejorar las condiciones de los repartidores de plataformas como Deliveroo, Glovo o Uber Eats. Aprobaban una versión descafeinada de la norma respecto a sus pretensiones iniciales, por el rechazo de Francia. Este miércoles, el pleno del Parlamento Europeo ha dado su visto bueno, con amplia mayoría, a la ley Rider comunitaria y se da el último paso para su aprobación en la UE.
Con 554 votos a favor, 56 en contra y 24 abstenciones, los eurodiputados han sacado adelante la normativa que vela por los derechos de los empleados de las plataformas digitales para evitar que trabajen como falsos autónomos. La normativa establece que los países fijarán una presunción legal de empleo en sus ordenamientos jurídicos, que se activará cuando se constaten hechos que indiquen control y dirección.
Tales hechos se determinarán con arreglo a la legislación nacional y a los convenios colectivos, teniendo en cuenta la jurisprudencia de la UE. Las personas que trabajan en plataformas digitales, sus representantes o las autoridades nacionales pueden invocar esta presunción legal y alegar que están mal clasificadas y corresponderá a la plataforma digital demostrar que no existe relación laboral.
El texto deberá ahora ser adoptado formalmente también por el Consejo, un procedimiento formal y para el que no se esperan obstáculos. Tras su publicación en el Diario Oficial de la UE, los Estados miembros dispondrán de dos años para incorporar las disposiciones a la legislación nacional.
La ley Rider supone un cambio de las reglas del juego la normativa. Obliga a los países a establecer una presunción de relación laboral. La finalidad es corregir los desequilibrios de poder entre la plataforma digital y la persona que realiza el trabajo. De esta forma, es la empresa la que debe demostrar que no existe relación laboral y no a la inversa como hasta ahora.
Entre las garantías que añade la norma se incluye que un trabajador no pueda ser despedido basándose en una decisión tomada por un algoritmo o un sistema automatizado de decisiones. Es más, las plataformas digitales deben garantizar que existe una supervisión humana de las decisiones importantes que afectan directamente a las personas.
La directiva protege de forma más sólida los datos de los trabajadores de plataformas. Las plataformas digitales tendrán prohibido tratar determinados tipos de datos personales, como los relativos al estado emocional o psicológico de alguien y a sus creencias personales.
La ley de plataformas digitales se ha enfrentado a múltiples obstáculos en su trámite legislativo que han ido rebajando sus pretensiones. En un principio este texto contemplaba que debían cumplirse dos de una lista de cinco requisitos para probar que existía una relación laboral: entre ellos si la plataforma decide la remuneración o si controla el desempeño de la actividad laboral.
Han sido varios intentos de sacar el texto adelante. Una de las últimas tentativas a nivel de países se vio frustrada cuando Francia votó en contra y Estonia, Grecia y Alemania se abstuvieron. El pasado marzo el cambio de postura de Tallín y Atenas fue suficiente para que la Ley Rider europea consiguiera la aprobación del Consejo.
Se cuentan más de 500 plataformas de trabajo digital activas en la UE, que emplea a más de 28 millones de personas, cifra que se espera alcance los 43 millones en 2025, según un informe de 2021 de la Comisión Europea. Este modelo de negocio de plataformas digitales está más presente en ciertos sectores económicos, como los conductores de vehículos de alquiler o el reparto de comida.