Ya hay fecha para la celebración del Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el que debe debatirse y se debe determinar quién debe asumir el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), el llamado impuesto de las hipotecas. Será el próximo 5 de noviembre.
La fecha la ha confirmado el propio presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, después de que hoy se haya celebrado una reunión de urgencia convocada por el propio presidente con el presidente de la Sala Tercera del Alto Tribunal y los magistrados que dictaron la sentencia que establecía que la banca, y no sus clientes, debía hacerse cargo del pago del impuesto de actos jurídicos.
En una nota informativa, Lesmes ha señalado que la sentencia es firme y no susceptible de revisión por el Pleno de la Sala Tercera, "produciendo plenos efectos en relación con las partes en litigio y respecto de la anulación del artículo 68, párrafo segundo, del IAJD".
El presidente del Alto Tribunal también ha informado que además de la polémica sentencia, que obliga a los bancos a asumir el pago del tributo, "se deliberaron, votaron y fallaron otras dos sentencias entre las mismas partes y con similar objeto, ambas pendientes únicamente de notificación". Estas sentencias tampoco son susceptibles de revisión alguna.
Además, ha salido en defensa del presidente de la Sala Tercera y de los magistrados integrados en la sección segunda. "Han actuado en todo momento en relación con estos asuntos con plena lealtad al Alto Tribunal, así como con independencia, profesionalidad y competencia técnica en la interpretación y aplicación de la ley, y con escrupuloso respeto a las normas procesales aplicables al presente caso". Y también ha aclarado que el presidente de la sala tiene como atribuciones legales la avocación al Pleno de la Sala.
La reunión previa ha servido para analizar la situación creada después de la citada sentencia y de la nota posterior en la que se convocaba una reunión plenaria de los magistrados de lo Contencioso-Administrativo para confirmar o no la jurisprudencia creada. Además, de fijar la fecha para el pleno.
En esta reunión están presentes también el vicepresidente del Alto Tribunal, Angel Juanes, y el presidente de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, Luis María Díez-Picazo. La principal diferencia entre que una decisión se lleve a Pleno o se quede en la Sala, en este caso de lo Contencioso-Administrativo, es que en vez de votar los seis jueces de la Sala, votan todos los que conforman el Pleno, en este caso el presidente y 32 magistrados.
La nueva posición del órgano judicial abriría la puerta a que las entidades afronten el pago de este tributo sólo a partir de las nuevas hipotecas que se firmen una vez se pronuncie de nuevo el Pleno del alto tribunal, según informan fuentes jurídicas.
Una decisión que se basaba en un "giro radical"
El pasado jueves 18, el Supremo decidió que sea la entidad financiera, y no el cliente, el que se haga cargo del impuesto de actos jurídicos documentados, en contra de su propio criterio de febrero de este año, cuando una sentencia estimó que el pago debía recaer en el cliente.
Ante la avalancha de críticas y el desplome de la cotización de los bancos, al día siguiente, el viernes, el alto tribunal anunció que paralizaba con carácter urgente todos los recursos planteados y que estudiaría si confirmaba o no la decisión.
En una nota, el presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo, explicaba que dicha decisión se basaba en el "giro radical" en la jurisprudencia y en la "enorme repercusión económica y social" del fallo que atribuía el pago de dicho impuesto a las entidades, por ser las interesadas en la operación.
De aplicarse la sentencia por completo, permitiría a los hipotecados reclamar la totalidad de los gastos de formalización de una hipoteca que vienen impuestos por el banco en la escritura de préstamo: notaría, registro de la propiedad, gestoría, tasación e impuesto de actos jurídicos documentados.