Banca y finanzas

El Tribunal Supremo rectifica sobre el impuesto de las hipotecas: es la banca quien debe abonarlo y no el cliente

  • La sentencia anula un artículo del reglamento del AJD por ser contrario a la ley
  • Los clientes podrán reclamar los gastos hipotecarios ante la hacienda autonómica
  • Los bancos se desploman en bolsa por un impacto potencial de 1.500 millones

El Tribunal Supremo señala que quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos (AJD) documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria es la entidad prestamista, no quien recibe el préstamo. De los gastos hipotecarios que afronta un cliente cuando firma una hipoteca, el AJD supone alrededor del 75% total. Los afectados tendrán reclamar a la agencia tributaria de su CCAA el pago del tributo.

En una sentencia de 16 de octubre, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Cudero, la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Segunda) modifica su jurisprudencia anterior e, interpretando el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y su reglamento, concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad que presta la suma correspondiente.

Tiene en cuenta, para ello, que el negocio inscribible es la hipoteca y que el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista, que solo mediante dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca.

La sentencia anula un artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo.

La decisión cuenta con un voto particular discrepante, emitido por el magistrado Dimitry Berberoff, que postula el mantenimiento de la jurisprudencia anterior, y otro concurrente, del magistrado Nicolás Maurandi, que considera que la sentencia debió incidir en la existencia de dos impuestos en el de actos jurídicos documentados y en el principio de capacidad económica previsto en el artículo 31 de la Constitución.

La sentencia supone un cambio de criterio de 180 grados respecto a la decisión de la Sala Primera del Tribunal Supremo en dos sentencias del pasado mes de febrero, en el que se establecía que "tanto en préstamos como en créditos con garantía hipotecaria, el sujeto pasivo del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados es el prestatario".

El pronunciamiento tiene gran trascendencia porque vuelven abrir la posibilidad de que miles de clientes con hipotecas puedan reclamar su devolución y pago por parte del banco. En principio, tendrían derecho a reclamación las personas que liquidaron este impuesto desde 2014. Antes de esta fecha ya estaría prescritos. Según fuentes jurídicas, las reclamaciones se deberían presentar ante Hacienda, no ante el propio banco. La gestión de este impuesto pertenece a las comunidades autónomas, por lo que la tramitación se debe efectuar ante la agencia tributaria de cada comunidad.

El AJD supone hasta el 75% de los gastos hipotecarias cuando se conforma una hipoteca. A él hay que sumarle los gastos del notario, el registro de la propiedad y la gestoría. El AJD depende de cada comunidad autónoma y puede oscilar entre el 0,5% y el 1,5%. Es el gasto más elevado de la constitución del préstamo, en torno a un 75% del total.

La noticia está teniendo un fuerte impacto en bolsa sobre los valores bancarios. Tras publicarse la noticia, el sector financiero está cayendo a plomo por el elevado coste que les va a suponer. En principio, tras la sentencia firme del Supremo va a haber una avalancha de reclamaciones. El posible impacto al conjunto del sector puede superar los 1.000 millones, teniendo la referencia del volumen de crédito concedido en los últimos cuatro años.

Los gastos hipotecarios han adquirido un especial protagonismo a raíz de la nulidad de cláusulas abusivas, como las suelo, en las hipotecas, a través de una denuncia de la OCU contra BBVA y de Popular en 2015, la cual provocó un aluvión de reclamaciones por parte de los hipotecados. 

En diciembre de 2015 el Alto Tribunal dictaminó la "abusividad" de una cláusula que "sin negociación y de manera indiscriminada" atribuía todo el pago de los gastos e impuestos al consumidor.

Sin embargo, la sentencia no dejaba claro cómo se repartían los gastos hipotecarios entre cliente y banca, dejando en el aire quién debería hacerse cargo del impuesto de AJD. 

Con el pronunciamiento del pasado mes de marzo de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, en el que se daba la razón a la banca, parecía que el tema estaba cerrado, hasta la sentencia de hoy.

Las patronales bancarias AEB y CECA han hecho público un comunicado en el que afirman que cumplirán el nuevo criterio del Tribunal Supremo acerca de que los bancos deben sufragar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la constitución de los préstamos hipotecarios.

Tras aclarar que la sentencia del Supremo se refiere a una cuestión "de naturaleza tributaria" y que las entidades de crédito no han percibido "cantidad alguna" de sus clientes por este concepto, las patronales bancarias aseguran que, "como siempre han hecho", a partir de la sentencia de este jueves, "cumplirán con el nuevo criterio establecido por el Supremo".

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Comentarios 24

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lopez
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vaya, el Supremo cada vez se parece mas a este gobierno de tarados mentales del psoe que tenemos, que se contradice cada día con lo dicho antes

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#1
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JAAJJAAJAJAJAJAJAJAJAJJAJA ajajjaajja jajajajaja jajajjaajja HUlio, otra de las "buenas prácticas bancarias", a ver si alguien embrida a esta gente, preferentes, rescates, cláusula suelo, comisiones dudosas y un largo etc

Ay, si lo hace un ciudadano normal y corriente

Puntuación 15
#2
¡Viva el Cachondeo!
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Donde dije digo, ahora digo diego.

¿Es con carácter retroactivo?. Si no lo es, nos han estado robando a todos con el visto bueno del supremo.

Puntuación 31
#3
el otro lado
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Rectifica.....antes de que se lo obligue la justicia europea.....salirnos del euro seria una vuelta a la Edad Media.....

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#4
nicaso
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Cualquiera se fía de la justicia, hoy dice una cosa y mañana la contraria. De llevarse a cabo esto los tipos de interés de las hipotecas aumentarán ya que ningún negocio se mantiene con pérdidas.

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#5
forrest gump
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Todos los costes incluidos impuestos son repercutidos sobre el producto y terminan pagados por el consumidor final. Ninguna empresa puede trabajar a perdidas y menos los bancos

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#6
PERROFLAUTAS
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SABADELL -10%

El Sabadell está quebrado, tiene un balance de mierda. Espero que quiebren por independentistas.

Puntuación -6
#7
Usuario validado en elEconomista.es
Txemalo
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Subirán los intereses y lo comido por lo servido.

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#8
Paradógico
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Este pais , es un sin sentido ,lo que firmas en el Notario no vale para nada ,los notarios sobran en este pais ,; a veces comprendo que los catalanes quieran salirse , con estos jueces que tenemos ,van a hacer quebrar el sistema financiero y con ello cientos de miles de puestos de trabajo van a ir a la calle , osea que si alguien me pide un préstamo a mi , encima de que le dejo el dinero tengo que pagar yo los gastos notariales, las clausulas suelo ,ect.ect. joder el Casillas futbolero va a ganar mas con sus pleitos con Abogados Asociados contra la banca que con el futbol..

Tiene alguna explicacion lo que pasa en este pais .

Puntuación 19
#9
etasa
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Es el banco del vecino, el que tiene que pagar las hipotecas del vecino al banco.. vaya banda de lerdos!! Al final vamos a pagar el impuesto, y el pufo que dejen, y eso si no hay otro rescate al banco por el vecino.. de turno!! jaja

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#10
Así­ no hay quién firme un contrato en este paí­s
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Lo que no puede ser no puede ser y además es imposible. El TS puede llegar a la conclusión que estime que se ajuste más a derecho con respecto a quién tiene que soportar las clausulas suelo, los gastos de formalización de un préstamo, etc. Lo que no puede ser es que durante décadas considere unos contratos prefectamente legales y de repente cambie su doctrina. Y lo que menos puede ser es que hace menos de un año dijese que el sujeto pasivo del IAJD es el hipotecado y ahora es la entidad.

Si en el fondo da igual. Durante el boom se daban préstamos al MÍBOR + 0,5. Como prohibieron las cláusulas suelo pasaron a ser EURÍBOR + 0,99. Y si ahora se prohíben cualquier tipo de costes pues pasará a ser EURÍBOR + 1,25 o EURÍBOR + 5%. Pero que por favor siente doctrina de una vez por todas y no la cambie mañana.

Puntuación 17
#11
Paradógico
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La concesionaria de un coche ,cuando vende el coche entonces segun ese principio judicial , no deberia pagar el IVA el comprador ,.

Porque el banco al otorgarle la Hipoteca al comprador del piso ,actua como si fuera el vendedor¿ o no?

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#12
joan
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No nos olvidemos que tenemos a PODEMOS en el poder. Pero si quiebran los bancos petamos todos.

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#13
sevillo
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a mis fans, mucho pesimismo veo por aqui.

no pasará nada, si las cosas van mal se le pide un crédito al tito Draghi y nos lo da al tipo de interés -0.01, es decir, nos tienen que pagar interese el a nosotros, ¿porque quejarse tanto? no lo entiendo.

recomendación: seguid comprando pisos de valor 900.000 o más de 50m2 y si os pedeis hipotecar y dejaros todos vuestros ahoros mucho mejor, es una buena inversión.

153 Saludos,

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#14
buba
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Desde que gobierna podemos los bancos tienen los días contados. Al líder de podemos le van a devolver una pasta , con el el pedazo de hipoteca que saco recientemente y que se la esta pagando con dinero publico. Este país se va al traste. No puede ser que hoy es blanco y mañana negro.

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#15
Mi
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Pienso que las ideas podemiticas se estan llegando a instaurar en el Tribunal Supremo (tambien en los Juzgados), al menos en algunos magistrados, y no olvidemos que la sustancia de podemos es expoliar a los bancos. Basta con que el ponente sea de una ideologia izquierdista, pues es el que normalmente hace la sentencia. Poco importa si la consecuencia es arruinar a miles o cientos de miles de pequeños accionistas, al fin y al cabo es de lo que se trata, aun a costa de olvidar un principio basico de nuestro Derecho, como es el de la libertad de pactos. Antiguamente se decia, "que inventen otros", aqui tendran que decir "que den hipotecas otros".

Puntuación 3
#16
Yo también lo creo la just.cia es un cachondeo
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Cuando se concede una hipoteca u otro préstamo es con unas condiciones, si cambian con carácter retroactivo el resto de

condiciones también deberían cambiar con carácter retroactivo.

Es una sentencia y juris.prudencia lo que cambia, por lo tanto el coste que lo asuman con cargo a los presupuestos de Ministerio de Jus.ticia (yo también lo creo la ..... es un cachondeo).

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#17
cacerolo
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No hay garantía jurídica.Lo que nos faltaba.

Puntuación 0
#18
Tontos invirtiendo en bancos después popular
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Todavía hay tontos invirtiendo en bancos y el ibex después del robo del popular.

Invertir en dólares, en usa de donald trump y dejaros de ibexpodemos socialistas.

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#19
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Viva Españazuela

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#20
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Que buena la serie Los Soprano

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#21
Hermes
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Los bancos caen tras la sentencia....

Uff me dan una pena... Si si

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#22
bolsa
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europa pierde todo

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#23
Ciudadano
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Esta vez lo tienen mal porque el gobierno no les va a ayudar y lo que quiere es sacarles impuestos,se van a la mierda es el crak de 2018

Puntuación 1
#24