Banca y finanzas

El Tribunal Supremo abre la puerta a que el banco pague el impuesto pero solo en las nuevas hipotecas

  • Tres entidades retiran su oferta de hipotecas tras el fallo judicial
Foto: Dreamstime

Tan sólo 24 horas después de que el Tribunal Supremo publicara la sentencia que determinaba que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) debía asumirlo la banca y no el cliente, la Sala recula y volverá a estudiar su decisión. La nueva posición del órgano judicial abre la puerta a que las entidades afronten el pago de este tributo sólo a partir de las nuevas hipotecas que se firmen una vez se pronuncie de nuevo el Pleno del alto tribunal, según informan fuentes jurídicas.

El Supremo protege así a la banca del impacto que podría tener la sentencia dictada el pasado 16 de octubre y que se conoció este jueves. El fallo no aclaraba si la decisión afectaba a las entidades a partir del día en el que se publicó o podía tener carácter retroactivo. Es decir, que los consumidores de una hipoteca reclamaran a Hacienda o a la entidad el abono de ese tributo. Además, como los impuestos prescriben a los cuatro años, cabía la posibilidad, según distintos despachos de abogados consultados por este diario, que los clientes que habían constituido una hipoteca después del 16 de octubre de 2012, acudieran a la Agencia Tributaria de su comunidad a reclamar el tributo (puesto que está cedido a las autonomías) y que, aquellos que la habían contratado antes, directamente fueran a reclamársela al banco. Esta situación podría justificarse, siempre según los abogados, bajo el argumento que establece la propia sentencia que daba al banco como beneficiario de elevar el contrato del préstamo a escritura ya que le concede privilegios tales como ejecutar la hipoteca si el cliente cae en impago o imponer intereses de demora.

Así, en el escenario más suave, es decir, en el caso de que los usuarios demandaran a Hacienda la devolución del tributo en los últimos cuatro años y ésta se lo exigiera a su par a los bancos, las entidades podrían asumir un coste de 1.800 millones de euros. En el caso de que las reclamaciones pudieran alcanzar todas las hipotecas que hay en la actualidad, el mazazo para la banca podría ascender a los 6.000 millones. Finalmente, si las demandas llegan hasta el año 1995, ejercicio en el que se aprobó el artículo del reglamento del impuesto AJD que se anuló el día 16, el impacto podría ser incalculable, ya que entrarían hasta préstamos ya cancelados.

La nueva decisión del Supremo de volver a deliberar sobre el asunto, deja en el aire la última sentencia y protege a la banca del impacto. El propio tribunal achacó el viernes su determinación ante el relevante impacto "económico y social" que tuvo su fallo. Las entidades españolas se desplomaron el bolsa el pasado jueves, dejándose 5.500 millones de euros de valor bursátil.

Según fuentes jurídicas, aunque una nueva deliberación de este tipo puede tardar meses, a la espera de que se presenten nuevos recursos en este caso se espera que se acelere. De hecho, el alto tribunal ya ha abierto la puerta a una rápida actuación suspendiendo todos los señalamientos habidos de recursos judiciales de hipotecados que versan sobre este impuesto, acercando la posibilidad de establecer una fecha más temprana para la nueva deliberación. La diferencia entre que una decisión se lleve a Pleno o se quede en la Sala, en este caso de lo Contencioso-Administrativo, es que en vez de votar los seis jueces de la Sala, votan todos los que conforman el Pleno, en este caso el presidente y 32 magistrados.

Reacción de las entidades

La respuesta de los grandes bancos al fallo del Supremo fue inmediata. BBVA, Bankia y Grupo Banco Santander mantenían retiradas este viernes de su página web sus ofertas hipotecarias. El fallo supone un replanteamiento de las promociones hipotecarias de las entidades ya que, si deben asumir el impuesto, el movimiento lógico sería encarecer los créditos para trasladar de alguna manera al cliente el coste del mismo, según fuentes financieras.

Además, las entidades se plantean rechazar al unísono cualquier tipo de abono del tributo anterior a la sentencia. De un lado, en el caso de que el cliente, tanto de una hipoteca firmada en los últimos cuatro años como anterior, se dirija al banco a reclamar la cuantía, éstas, y bajo el argumento de que no han recibido el cobro de ese gravamen, prevén remitirles a la Hacienda regional correspondiente, según fuentes del sector. De otro, si es la Agencia Tributaria la que le reclama el abono del gravamen por habérselo devuelto al cliente, la banca estudia iniciar acciones judiciales ya que tacha la exigencia de "aberración jurídica", según fuentes financieras.

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