Economía

¿Me puedo jubilar tras cobrar un subsidio para mayores de 52 años?

Foto: Pixabay.

Las personas que cobran un subsidio para mayores de 52 años lo hacen después de quedarse en desempleo (agotando el paro al que tuviesen derecho o no) y en una situación cercana a la edad de jubilación de ordinaria. De hecho, el retiro profesional es una opción como otra cualquiera una vez se percibe este subsidio.

¿Es posible jubilarse tras cobrar el subsidio para mayores de 52 años? Por supuesto, de hecho es la opción que proporciona el sistema asistencial por desempleo para cubrir a las personas que no consiguen un empleo hasta que puedan jubilarse por cualquiera de las vías que permite la normativa de pensiones.

La duración del subsidio, diferente a la del resto de subsidios, es ya clave: "La duración será hasta que usted alcance la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social", explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web.

El ciudadano podrá jubilarse tras cobrar el subsidio para mayores de 52 años porque, mientras lo hace, está en una situación de alta en la Seguridad Social, requisito fundamental para jubilarse junto a la cotización de al menos 15 años (de los cuales dos deben darse entre los últimos 15).

En la cotización tendrán ayuda mientras cobren el subsidio para mayores de 52 años, ya que durante todo el tiempo de cobro se mantiene la cotización, que será del 125% de la base de cotización mínima vigente en cada momento. Un empujón considerable que tendrá consecuencias beneficiosas en la cuantía de la futura pensión, ya que se cuentan las bases de cotización de los 25 años previos.

Jubilarse de forma anticipada tras cobrar un subsidio para mayores de 52 años

Los trabajadores también podrán jubilarse de forma anticipada cobrando el subsidio para mayores de 52 años. Lo podrá hacer acogiéndose tanto a la jubilación anticipada voluntaria como a la jubilación anticipada involuntaria. Todo dependerá de si cumple los requisitos para la modalidad correspondiente:

-La jubilación anticipada voluntaria responde exclusivamente a la voluntad del trabajador y se puede ejecutar hasta dos años antes de la edad de jubilación ordinaria: a los 65 años si se han cotizado al menos 37 años y nueve meses o a los 66 años y cuatro meses en caso contrario, aunque es preciso tener al menos 35 años cotizados en total.

-La jubilación anticipada involuntaria responde a un cese no voluntario en el trabajo y se puede ejecutar hasta cuatro años antes de la edad ordinaria: a los 61 años si se han cotizado 37 años y nueve meses o a los 62 años y cuatro meses en caso contrario, aunque es preciso llegar a los 33 años cotizados, acumular seis meses como demandante de empleo (así puede hacerse de forma sencilla) y proceder de alguna de las siete causas que permiten esta jubilación.

La cuantía de la pensión si te jubilas tras un subsidio para mayores de 52 años

El trabajador tendrá que realizar el cálculo atendiendo al método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, que tiene en cuenta las bases de cotización de los 25 años anteriores (300 bases) y las divide entre 350. Así se obtiene la base reguladora, en cuyo cálculo la Seguridad Social aplica coeficientes a las bases de todos los años menos los dos últimos para reflejar el efecto de la inflación en las mismas.

Además, el trabajador (siempre que no sea empleada de hogar o autónomo) podrá beneficiarse de la integración de lagunas por la que rellenar con bases ficticias (el 100% de la base mínima los primeros 48 meses y el 50% a partir del 49) los periodos sin cotizar.

El trabajador tendrá derecho a diferentes porcentajes de la base reguladora que dependen de los años cotizados. Con un mínimo de 15 años se consigue el 50% de la base reguladora y a partir de ahí por cada uno de los siguientes 49 meses se consigue un 0,21% extra de base reguladora, mientras que por cada uno de los siguientes 209 meses se consigue un 0,19%. Así, con 36 años y seis meses cotizados se tiene derecho al 100% de la base reguladora.

La cuantía de la pensión si te jubilas de forma anticipada tras un subsidio para mayores de 52 años

Por su parte, las personas que se jubilen de forma anticipada tras cobrar el subsidio para mayores de 52 años tendrán que asumir recortes en la pensión de jubilación. Dichos recortes se hacen en la cuantía ya calculada de la pensión a través de la aplicación de coeficientes reductores, que dependen de la modalidad de jubilación (voluntaria o involuntaria), el tiempo de adelanto y los años cotizados por el trabajador.

Recortes en la jubilación anticipada voluntaria

-Trabajadores de menos de 38 años y seis meses cotizados: los recortes van del 21% al 3,26%.

-Trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados: los recortes van del 19% al 3,11%.

-Trabajadores de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados: los recortes van del 17% al 2,96%.

-Trabajadores con más de 44 años y seis meses cotizados: los recortes van del 13% al 2,81%.

Recortes en la jubilación anticipada involuntaria

-Trabajadores de menos de 38 años y seis meses cotizados: los recortes van del 30% al 0,63% de la pensión.

-Trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados: los recortes van del 28% al 0,58% de la pensión.

-Trabajadores de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados: los recortes van del 26% al 0,54% de la pensión.

-Trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados: los recortes van del 24% al 0,50% de la pensión.

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