
Cuando una persona consigue un trabajo uno de sus objetivos, además de tener cubiertas sus necesidades y aumentar las cotizaciones que en un futuro le darán derecho a una pensión, también es acumular el periodo cotizado suficiente para, en caso de ser despedido, poder cobrar el paro, la prestación contributiva por desempleo. Pero en ocasiones esto no se puede cumplir.
En estos casos aparece la figura del subsidio por cotizaciones insuficientes, uno de los subsidios por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y que se destina a las personas que, después de comenzar un trabajo y haberse extinguido la relación laboral, no tienen derecho al cobro cobro del paro.
De acuerdo con la información del organismo en su pefil de la red social Twitter, esta sería la ayuda que podrían cobrar las personas que hayan trabajado menos de un año, aunque también deben acreditar un periodo de cotización mínimo: 90 días en caso de tener responsabilidades familiares y 180 días si no se tienen esas responsabilidades.
La cuantía de este subsidio, tal y como explica el SEPE en su página web, es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que tras la subida del 2,5% contemplada en los Presupuestos de 2022 ha pasado a ser de 463,21 euros mensuales.
La duración del subsidio, no obstante, será diferente en función del periodo que se haya trabajado y de si el beneficiario o beneficiaria tiene responsabilidades familiares:
-En caso de no tener responsabilidades familiares el subsidio será de seis meses.
-En caso de tener responsabilidades familiares, si ha cotizado tres, cuatro o cinco meses el subsidio tendrá una duración de tres, cuatro o cinco meses. Si ha cotizado seis o más meses, la duración será de seis meses pero por periodos prorrogables hasta un total de 21 meses.
Requisitos del subsidio por cotizaciones insuficientes
Para poder cobrar este subsidio hay que cumplir una serie de requisitos que se deben mantener a lo largo del periodo en el que dicho subsidio se perciba. Son los siguientes:
-Estar en una situación legal de desempleo (estos son los supuestos que contempla el SEPE).
-Estar inscrito como demandante de empleo (puede hacerlo siguiendo estos pasos).
-Suscribir el compromiso de actividad con el SEPE.
-No tener derecho al subsidio para mayores de 52 años (de lo contraría cobraría este subsidio).
-No tener rentas que en cómputo global superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, ya sea de forma individual o sumando los ingresos de la unidad familiar y dividiéndolos entre el número de miembros.