Economía

Este es el requisito para cobrar cada año el subsidio para mayores de 52 años

  • Hay que acreditar el cumplimiento del límite de rentas (el 75% del SMI)
  • Esto se hace mediante la entrega de la Declaración Anual de Rentas
  • Hay dos formas de presentarla: en la Sede Electrónica o de forma presencial
Foto: Europa Press.

El subsidio para mayores de 52 años es uno de los más importantes dentro del abanico de subsidios por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y que actualmente se abonan a más de 750.000 personas mensualmente en nuestro país.

Como en todas las prestaciones del SEPE, para cobrar el subsidio para mayores de 52 años hay que cumplir una serie de requisitos. Uno de ellos se tiene que acreditar una vez al año, el nivel de rentas que no puede superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), ya sea de forma individual o sumando los ingresos de los miembros de la unidad familiar divididos entre el número de ingresos.

El SEPE explica en su página web que "para seguir percibiendo el subsidio de mayores de 52 años, debe presentar cada año una declaración de sus rentas acompañada de la documentación que las justifique, en su caso". Esta Declaración Anual de Rentas se debe presentar cada vez que se cumpla un ciclo de 12 meses desde el cobro de la prestación.

Una vez que se cumpla este ciclo, el ciudadano tiene un plazo de 15 días hábiles para presentar la Declaración Anual de Rentas, ya que de lo contrario se cortará tanto el cobro del subsidio como las cotizaciones a la Seguridad Social en concepto de jubilación que lleva asociadas. El método de presentación de esta declaración será diferente dependiendo de si en el año previo se superó en algún mes el requisito del límite de renta.

Cómo presentar la Declaración Anual de Rentas

-En el caso de que el ciudadano no haya incumplido en ningún momento ese límite de renta podrá hacer el trámite en la Sede Electrónica del SEPE en su servicio 'Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52 años', disponible en este enlace. El organismo indica que el ciudadano debe tener a mano su demanda de empleo.

Con todo, para poder realizar el trámite en la Sede Electrónica el ciudadano debe poseer uno de los siguientes métodos de acceso: certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente) o DNI electrónico.

-Si el ciudadano ha incumplido el límite de rentas en algún momento, ha sufrido cambios en su situación familiar o simplemente no dispone de los métodos de acceso anteriores podrá entregar la Declaración Anual de Rentas en una oficina del SEPE de forma presencial.

Para ello ha de pedir cita previa, lo cual se puede hacer en la Sede Electrónica del SEPE siguiendo esta serie de pasos incluidos en esta guía detallada o llamando al número de teléfono 91 273 83 84 de atención 24 horas contestando a las preguntas que irá haciendo una grabación.

Los demás requisitos del subsidio para mayores de 52 años

Además de acreditar ese nivel de rentas, el ciudadano que desee cobrar el subsidio para mayores de 52 años deberá cumplir el resto de requisitos para esta prestación, que se explican en la página web del SEPE:

-Tener al menos 52 años de edad.

-Encontarse en una situación legal de desempleo.

-Estar inscrito como demandante de empleo (al menos un mes antes de la solicitud) y haber suscrito el compromiso de actividad con el SEPE.

-Haber agotado el paro o el subsidio por desempleo, dejar un trabajo sin la cotización suficiente para cobrar el paro, ser un emigrante retornado a España, haber salido de prisión (sin derecho a paro y en condenas de al menos seis meses) o haber mejorado de una incapacidad permanente.

-Tener derecho a la pensión contributiva de jubilación acreditanto que cumple todos los requisitos salvo el de la edad.

-Un periodo de cotización por desempleo de al menos seis años.

Cuantía y duración del subsidio para mayores de 52 años

Como el resto de subsidios que gestiona el SEPE, la cuantía del subsidio para mayores de 52 años es del 80% del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Para 2022 esta cantidad es de 463,21 euros mensuales. Esta cantidad se ha elevado un 2,5% este año tras el incremento aprobado en los Presupuestos Generales del Estado. 

Pero, a diferencia de otros subsidios, el de mayores de 52 años no tiene una duración concreta: se puede cobrar hasta que el ciudadano que lo perciba llegue a la edad de jubilación ordinaria.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky