Economía

Cómo conseguir el 100% de la pensión de jubilación de los autónomos: esto es lo que se cobra

  • Su régimen tiene una serie de particularidades a considerar
  • Sus bases de cotización suelen ser más bajas en su carrera
  • No pueden beneficiarse de la integración de lagunas de cotización
Foto: Dreamstime.

Al igual que el resto de trabajadores, los autónomos viven toda su carrera profesional con el horizonte de la jubilación como objetivo. Conseguir una pensión satisfactoria es también otra de sus grandes preocupaciones, aunque en su caso su obtención es algo más complicado por las características de su actividad laboral y de su régimen de la Seguridad Social.

La circunstancia ideal para un autónomo de cara a la jubilación sería la de poder cobrar el 100% de la pensión, la expresión que da forma a lo que en realidad es cumplir con todos los requisitos para poder aspirar al 100% de la base reguladora generada durante toda una vida de trabajo.

Para poder cobrar este 100% de la pensión, la Seguridad Social afirma que la jubilación de los autónomos se desarrolla en los "mismos términos y condiciones" que la de los trabajadores de otros regímenes (como, por ejemplo, los del Régimen General). Las reglas de cálculo de la pensión, de hecho, funcionan igual.

Así, para que un autónomo pueda cobrar el 100% de la pensión ha de trabajar un mínimo de 36 años. Esto se debe a que la Seguridad Social va otorgando porcentajes de la base reguladora conforme se aumentan los años cotizados. Con 15 años se tiene derecho a la pensión mínima o al 50% de la base reguladora y, a partir de ahí, todo depende de la cotización: por cada uno de los siguientes 106 meses se consigue un 0,21% de la base reguladora y por cada uno de los 146 meses siguientes se tiene un 0,19% extra.

Sin embargo, hay que tener en cuenta qué significa ese 100% de la base reguladora. Para calcularla, en 2022 se toman las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) y se dividen posteriormente entre 350. La cantidad resultante es la base reguladora sobre la que después se hacen los cálculos anteriormente mencionados.

Aquí entra en juego una de las particularidades de los autónomos: la gran mayoría de estos profesionales (unos 1,8 millones) cotizan por la base mínima (en 2022 ha subido a 960,60 euros mensuales), lo que hace que, en la práctica, tengan pensiones de jubilación de cuantía inferior. Los datos de la Seguridad Social lo corroboran: a fecha 1 de diciembre, la pensión media de jubilación de los autónomos es de 796,41 euros mensuales, por los 1.196,17 euros mensuales de media del sistema y los 1.340,78 del Régimen General.

Como posible solución, una medida que no todos los profesiones pueden asumir: aumentar sus bases de cotización para aumentar esa base reguladora. La Seguridad Social permite hacerlo hasta cuatro veces al año, siendo las fechas de entradaen vigor el 1 de enero, el 1 de abril, el 1 de julio y el 1 de octubre. Con todo, existen ciertas restricciones en esos cambios de bases de cotización cuando los autónomos llegan a los 47 años, de acuerdo con la información de la Seguridad Social.

Además, los autónomos tendrán que afrontar otro hándicap respecto a los trabajadores del Régimen General: la imposibilidad de beneficiarse de la integración de lagunas de cotización. Estas lagunas son los periodos de ausencia de cotización del trabajador y que le pueden perjudicar al reducirle la futura base reguladora, por lo que la Seguridad Social permite rellenar estos huecos con la base mínima vigente durante 60 meses y con el 50% de dicha base en los meses siguientes.

La ausencia de este mecanismo en las jubilaciones de los autónomos es una dificultad extra con la que, en definitiva, tienen que contar: supone que los periodos en los que no cotizaron no podrán atenuarse con esa integración lagunas y, por lo tanto, reducirán la base reguladora si ocurrieron en el periodo de cálculo (los últimos 25 años) de dicha base.

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