Economía

El aviso de la Seguridad Social a las mujeres que van a ser pensionistas: pueden cobrar este complemento

  • Pueden tener derecho al complemento para reducir la brecha de género
  • Sirve para compensar interrupciones en la vida laboral debido a la maternidad
  • También puede darse a hombres, pero el 98% de los beneficiarios son mujeres
Foto: Dreamstime.

Las mujeres que han sido madres y están cerca de jubilarse tienen que prestar una especial atención a la hora de solicitar su pensión. La razón es que pueden optar a cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, del que es conveniente conocer sus claves más básicas.

La Seguridad Social ha recordado en su perfil de atención al ciudadano de la red social Twitter que, en el momento de solicitar la pensión, las mujeres con hijos deben consultar si tienen derecho a cobrar este complemento, para el que se ha creado una guía informativa (disponible en este enlace) con toda la información necesaria en cuanto a los requisitos a cumplir y las formas de tramitar dicho complemento.

En primer lugar, cabe recordar que este complemento se puede cobrar por cualquiera de los dos progenitores (pero no por los dos a la vez), aunque en la mayoría de los casos se destina a las mujeres, ya que el principal objetivo de su pago es compensar los posibles perjuicios de la maternidad en las carreras profesionales por los parones e interrupciones ocasionadas que, a la postre, implican menores pensiones en el futuro. Las estimaciones del Gobierno en el momento de su implantación (a comienzos de 2021, sustituyendo al anterior complemento por maternidad) es que el 98% de sus posibles beneficiarios son mujeres.

El principal requisito para obtener este complemento es causar una pensión contributiva de la Seguridad Social (de jubilación, pero también de viudedad o de incapacidad permanente), aunque también es necesario estar adscrito a algún régimen de la Seguridad Social y tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil. En el caso de que el padre también pueda acreditar que su carrera se ha visto interrumpida por la paternidad, para cobrar el complemento la mujer debe tener una pensión de menor cuantía que la de su pareja.

Si ninguno de los dos progenitores se vio afectado por interrupciones en la maternidad, el complemento se destinará a la mujer. Si es una unión de dos mujeres, a la que tenga una pensión menor. Lo mismo sucede en el caso de que haya dos padres progenitores.

Con todo, en aquellos casos en los que los hombres puedan solicitarlo deben cumplir requisitos concretos de cotización: en nacimientos o adopciones previas a 1995 han de acreditar al menos 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores y los tres años posteriores al nacimiento o adopción, mientras que en los casos de 1995 en adelante la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento o adopción debe ser al menos un 15% inferior a la de los 24 meses anteriores.

Cómo solicitar el complemento

El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones se pide al mismo tiempo que la pensión que genere el derecho al complemento. Existen varias formas de pedirlo, tal y como explica la Seguridad Social en su página web:

-En la Sede Electrónica de la Seguridad Social, para lo cual necesita certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos) o Cl@ve PIN.

-A través de este formulario disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pero sin necesidad de métodos de acceso. Además de rellenar el formulario, deberá adjuntar el impreso de solicitud de pensión y el modelo de solicitud del complemento para la reducción de la brecha de género. En este enlace se incluyen todos los formularios necesarios.

-En la nueva plataforma de solicitud de pensiones de la Seguridad Social, en la que sin necesidad de certificado digital se puede pedir la pensión correspondiente. En este caso la beneficiaria tendrá que adjuntar el impreso de solicitud del complemento junto al resto de documentación necesaria.

-También es posible realizar el trámite de forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social que le corresponda por su domicilio. En ese caso, tendrá que pedir cita previa: a través del portal 'Tu Seguridad Social' (con certificado digital o Cl@ve PIN) o tanto en la página web de la Seguridad Social como en su Sede Electrónica. También se puede hacer llamando a los teléfonos 91 541 25 30 o 901 10 65 70, de atención 24 horas.

¿Cuál es la cuantía del complemento?

El complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones es de 378 euros anuales por hijo (hasta un máximo de cuatro) que se reparten junto a la pensión correspondiente mes a mes, incluso en los casos de pensiones con la cuantía máxima. De esta forma, el pago se hace así:

-Las mujeres con un hijo recibirán 27 euros más al mes.

-Las mujeres con dos hijos recibirán 54 euros más al mes.

-Las mujeres con tres hijos recibirán 81 euros más al mes.

-Las mujeres con cuatro o más hijos recibirán 108 euros más al mes.

Estas cuantías se revalorizan a la par que las pensiones, por lo que la cuantía para 2022 está cerca de conocerse, ya que el Gobierno ha de revelar en las próximas semanas la subida de las pensiones con el nuevo método de revalorización integrado por la 'reforma Escrivá' que tendrá en cuenta la inflación del año anterior.

La duración de este complemento está vinculada a esa reducción de la brecha de género de las pensiones que le da nombre. El Gobierno pretende que se siga abonando hasta que la brecha sea inferior al 5%. En la actualidad, el objetivo está lejos: la brecha en 2021 es del 30%.

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