Economía

El Gobierno aprueba un complemento de maternidad a las pensiones de casi 400 euros anuales desde el primer hijo

  • Escrivá anuncia también que se amplía el acceso al ingreso mínimo vital
  • El covid-19 será enfermedad profesional para sanitarios y sociosanitarios
  • Se facilita el acceso a prestaciones covid a autónomos que tributan por módulos

El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha señalado que el nuevo complemento de maternidad para pensiones aprobado este martes sumará casi 400 euros anuales por hijo y desde el primero. En la misma rueda de prensa del Consejo de Ministros, Escrivá ha anunciado también que se amplía el acceso al ingreso mínimo vital (IMV) flexibilizando el concepto de unidad de convivencia.

Escrivá ha recordado que hasta ahora era a partir del segundo hijo y se establecía con un porcentaje sobre la pensión y ha apuntado que el cambio de que sea a partir del primer hijo da acceso a casi 30.000 mujeres más.

También ha señalado que el complemento, pensado para ir reduciendo la elevada diferencia del 30% entre las pensiones de hombres y mujeres en España, aumentará la pensión media de los beneficiarios en un 6% y la mínima en un 8% en el caso de haber tenido dos hijos.

Escrivá ha destacado que este nuevo diseño introduce "progresividad" en la medida y ha recordado que la brecha de género en las pensiones es consecuencia de la caída de las percepciones que se produce en las mujeres después de la maternidad de su primer hijo.

Este nuevo diseño del complemento de maternidad se aprueba después de que el Tribunal de Justicia de la UE considerase que el complemento vigente discrimina a los hombres.

Con el nuevo diseño, el derecho al complemento es para "aquel miembro" que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento de los hijos, lo que elimina ese componente discriminatorio aunque siga favoreciendo más a las mujeres, ya que en el 98% de casos irá a las mujeres, según estimaciones a partir de vidas laborales de la Seguridad Social.

Además, si ninguno de los dos miembros de la pareja puede acreditar el perjuicio, el derecho se reconoce a la madre o al progenitor con menor pensión si se trata de pareja del mismo sexo.

Escrivá ha destacado que la brecha de género en las pensiones se produce en los dos primeros años de la maternidad y luego se consolida. Así, la medida estará en vigor mientras esta brecha de las pensiones de jubilación sea superior al 5%, desde el 30% actual.

Igualmente, en esta reforma del complemento el Gobierno da entrada a las personas que se jubilaron de forma anticipada con carácter voluntario, que hasta ahora estaban excluidos, quedando fuera los que se acogieran a una jubilación parcial.

Flexibilización del acceso al IMV

En el mismo bloque, el Consejo de Ministros ha aprobado una flexibilización de las condiciones de acceso al IMV que facilitará que temporeros, personas sin hogar, que residan temporalmente con familiares o en albergues puedan acceder a la prestación. Escrivá ha explicado una decisión que se adopta después de que se hayan rechazado unas 60.000 solicitudes por incumplir la acreditación de la unidad de convivencia.

La flexibilización del concepto de unidad de convivencia pasa, en primer lugar, por permitir el acceso a la prestación a personas que residen en hogares colectivos, como albergues o casas de acogida.

En segundo lugar, se regulan las situaciones de convivencia transitoria, es decir, casos en que "por ejemplo como resultado de un divorcio o un desahucio" los potenciales beneficiarios convivan con familiares en un hogar mayor, lo que con la anterior regulación podría llevar a la denegación de la prestación.

De esta manera, de forma transitoria se considera una unidad de convivencia independiente a los beneficiarios en casos de violencia de género, divorcio o separación y desahucio o inhabitabilidad, en los dos últimos casos con límite temporal.

La tercera modificación afecta a situaciones excepcionales, como personas sin hogar, cuyo domicilio real sea distinto al de empadronamiento o viviendas en las que conviven distintas unidades familiares. En estos casos, ha explicado el ministro, estas circunstancias podrán ser acreditadas por los servicios sociales y las entidades colaboradoras.

El ingreso mínimo vital está "en una situación de evaluación permanente para intentar ir mejorando la prestación" de manera que llegue a los hogares "más vulnerables", ha explicado el ministro, y por ello se mantienen "reuniones continuas" con el tercer sector.

El covid y los sanitarios

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha aprobado el reconocimiento como enfermedad profesional del covid-19 contraído en el ejercicio de su profesión a trabajadores sanitarios y sociosanitarios. Escrivá ha explicado que la medida se toma para reconocer una mayor protección social a estos profesionales.

Además, según ha explicado Escrivá, se ha aprobado que determinados trabajadores del ámbito sanitario puedan compatibilizar la vuelta al trabajo con el cobro de la pensión de jubilación. El objetivo es facilitar la contratación de profesionales sanitarios retirados de la vida activa.

Prestaciones covid a autónomos

Por último, Escrivá ha explicado que se establecerá para estos autónomos la presunción de caída de ingresos a fin de que puedan acceder a las prestaciones.

El Gobierno aprobó la semana pasada prorrogar hasta el 31 de mayo el esquema de protección a los autónomos afectados por la pandemia, con algunas novedades, entre ellas la rebaja del 75% al 50% del porcentaje de caída de ingresos que se exigirá para poder acceder a la prestación compatible con la actividad.

La protección a los autónomos se articula en torno a cuatro ayudas: la prestación por suspensión de actividad; la prestación compatible con la actividad cuando haya caída de ingresos; prestación extraordinaria para quienes no puedan acceder a las dos ayudas anteriores, y prestación para autónomos de temporada.

La prestación por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad por decisión administrativa. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización, cantidad que se incrementa un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa. Así, el beneficio mínimo asciende a 760 euros.

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