
Más de 6,1 millones de personas reciben una pensión de jubilación contributiva en España. Se trata de la pensión que más ciudadanos perciben en este país, una cantidad que podría aumentar en los próximos años por la llegada de las jubilaciones de la generación del 'baby boom'.
Ante esta gran cantidad de solicitudes, la Seguridad Social dispone de un sistema de recepción y tramitación de las peticiones que las resuelve en un tiempo inferior a un mes. De acuerdo con la página web del organismo, las resoluciones se han cerrado durante 2021 en un tiempo medio de 19,97 días.
En el mes de septiembre, último del que se tienen datos disponibles, el tiempo fue menor: de 16,43. En algo menos de dos semanas, el ciudadano que pidió una pensión de jubilación supo si la Seguridad Social se la concedía o no. Con todo, el organismo explica que puede tardar hasta un máximo de 90 días en dictar una resolución sobre la pensión solicitada.
Cómo iniciar el proceso de solicitud de pensión de jubilación
La Seguridad Social explica que, si el ciudadano cumple los criterios para cualquiera de las modalidades de jubilación y se encuentra en una situación de alta, puede iniciar el proceso de solicitud de la pensión durante los tres meses anteriores o posteriores al cese en el trabajo. Si lo hace más tarde, la retroactividad solo será de tres meses antes de la solicitud de la pensión.
Para comenzar el proceso, el ciudadano ha de descargar el formulario que el organismo tiene disponible en su página web. En este formulario, el trabajador debe incluir sus datos personales (nombre, apellidos, DNI, dirección...), sus datos laborales (fecha de jubilación, modalidad de jubilación), si tiene derecho al complemento para la reducción de la brecha de género, datos acerca de sus ingresos económicos y los de su cónyuge, ascendientes y descendientes (si procede), así como las alegaciones que el aspirante a pensionista crea conveniente y un número de cuenta bancaria en el que ingresar la pensión si se le concede.
Cuando rellene el formulario, el trabajador podrá enviarlo (junto a la documentación que la Seguridad Social le pueda requerir) por correo ordinario o presentarlo en la Oficina Provincial que le corresponda por su domicilio.
También puede hacer este trámite sin salir de casa. La Seguridad Social dispone de una herramienta de solicitud de pensiones en la que, sin necesidad de certificado digital o Cl@ve PIN, podrá realizar la solicitud. Solo necesitará un ordenador, un correo electrónico y una cámara de fotos con la que poder hacer una fotografía en la que se acredite la identidad del solicitante.
Además, la Seguridad Social también permite al ciudadano hacer el trámite en la oficina más cercana que le corresponda de acuerdo con su domicilio. Para ello, debe pedir cita previa en los teléfonos 91 541 25 30 y 901 10 65 70 de atención 24 horas o en la página web o la Sede Electrónica del organismo, con certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), Cl@ve PIN, usuario + contraseña o vía SMS si se tiene registrado el teléfono en la base de datos de la Seguridad Social.
Una vez realizado el trámite, la Seguridad Social tiene servicios de seguimiento de la solicitud. Con ellos, el trabajador podrá saber en todo momento si la solicitud ya ha sido recibida, si se está tramitando o no y si existe ya una resolución.
Este servicio está disponible tanto para los ciudadanos que realizaron la gestión sin certificado digital (se les da un código de seguimiento para estar informados o incluso para añadir modificaciones o documentos a la solicitud ya enviada) y para los ciudadanos que tengan certificado digital, Cl@ve PIN, usuario + contraseña o por móvil.