Economía

Estos son los trabajadores que pueden prejubilarse desde los 63 años

  • Pueden hacerlo tanto de forma voluntaria como a raíz de un despido
  • Han de aplicarse en estos casos diferentes coeficientes reductores
  • También pueden beneficiarse trabajadores de profesiones especiales
Foto: Dreamstime.

La jubilación anticipada permite al trabajador jubilarse antes de la edad ordinaria de retiro, pero no afecta de la misma forma a todos los trabajadores. En función de su edad, de su cotización y e incluso de su profesión, el adelanto de la jubilación puede darse antes o después.

Solo unos grupos determinados trabajadores podrán jubilarse a partir de los 63 años de edad, dos años antes de la edad ordinaria de jubilación, que en 2021 es de 65 años para las personas con 37 años y tres meses de cotización y de 66 años para el resto.

Los trabajadores de 63 años que se quieran prejubilar de forma voluntaria podrán hacerlo siempre que alcancen esa cotización previa de 37 años y tres meses. Además, y como en todas las jubilaciones, deben acreditar un mínimo de dos años cotizados dentro de los últimos 15, estar dado de alta (o en una situación asimilada) en la Seguridad Social y conseguir una pensión superior a la mínima.

Si reúne estos requisitos, el trabajador podrá prejubilarse de forma anticipada, aunque lo hará con la correspondiente reducción de la pensión. La jubilación anticipada voluntaria tiene en cuenta los siguientes coeficientes reductores, que varían dependiendo de la cotización previa:

-Carreras de menos de 38 años y seis meses tienen reducciones de la base reguladora de un 2% por trimestre de anticipo.

-Carreras de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses tienen reducciones de la base reguladora de un 1,875% por trimestre de anticipo.

-Carreras de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses tienen reducciones de la base reguladora de un 1,75% por trimestre de anticipo.

-Carreras de más de 44 años y seis meses tienen reducciones de la base reguladora de un 1,625% por trimestre de anticipo.

Si, aplicados estos coeficientes, la cuantía de la pensión está por encima de la cuantía máxima de las pensiones establecida por la ley, a esta cifra máxima se le aplicará un 0,5% de reducción por trimestre de adelanto, tras lo cual se tendrá la cuantía definitiva de la pensión del jubilado anticipado.

Todo esto cambiará con la reforma de las pensiones planificada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Si se sigue el calendario establecido, en 2022 los coeficientes reductores se aplicarán sobre la cuantía (y no sobre la base reguladora) de la pensión y serán mensuales en lugar de trimestrales. Además, a los pensionistas con sueldos por encima de las pensiones máximas se les aplicarán los mismos coeficientes que al resto de trabajadores.

Así afecta en despidos y en profesiones de riesgo

También pueden prejubilarse a los 63 años aquellos trabajadores que se acojan a una jubilación anticipada derivada de un cese en el trabajo. Esta modalidad permite la prejubilación hasta cuatro años antes de la edad de jubilación, solo en despidos por "razones de reestructuración empresarial" y obligando a cotizar un mínimo de 33 años (y dos de esos dentro de los últimos 15) y a estar inscrito como demandante de empleo al menos seis meses antes de pedir la prejubilación.

Todos los trabajadores incluidos en estos supuestos pueden prejubilarse, aunque teniendo en cuenta que su pensión está sujeta a coeficientes reductores. Son los siguientes:

-Carreras de menos de 38 años y seis meses tienen reducciones del 1,875% de la base reguladora por trimestre de anticipo.

-Carreras de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses tienen reducciones del 1,75% de la base reguladora por trimestre de anticipo.

-Carreras de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses tienen reducciones del 1,625% de la base reguladora por trimestre de anticipo.

-Carreras de más de 44 años y seis meses tienen reducciones del 1,5% de la base reguladora por trimestre de anticipo.

Por último, también pueden prejubilarse a los 63 años los miembros de las profesiones que, por razón de su peligrosidad, penosidad o toxicidad tienen una regulación personalizada y especial. Son los mineros, personal de altos vuelos, policías locales, artistas, toreros...cada uno de ellos tiene sus propios requisitos de edad, cotización y coeficientes reductores de la pensión.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky