Fiscalidad
Cuando se reciben prestaciones de diversos planes de pensiones, la reducción del artículo 17.2.c) del texto refundido de la Ley del IRPF, por aplicación del régimen transitorio de la Disposición Transitoria (DT) duodécima de la Ley 35/2006, puede aplicarse a todas las cantidades percibidas por pago único en el ejercicio en el que acaece la contingencia y en los dos siguientes, y no solo en un ejercicio, según establece el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), en resolución de 24 de octubre de 2022.