
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), en sentencia de 25 de octubre de 2022, exime a la Generalitat de indemnizar a los sanitarios por falta de protección al inicio de la pandemia de Covid-19 porque adoptó medidas para minimizar los riesgos, por lo que anula tres sentencias de Juzgados de lo Social, que la obligaban a resarcir a los profesionales por daños morales.
El Pleno de la Sala de lo Social determina que no cabe entender con carácter genérico y sin esa atención a las circunstancias particulares de cada uno de los demandantes, que todos y cada uno de ellos sufrieron daños morales susceptibles de ser indemnizados por el mero ejercicio de la profesión sanitaria en centros públicos.
Considera el Pleno que es indiscutible que la pandemia provocó sufrimiento y dolor para toda la población y, desde luego, particularmente para los profesionales de la sanidad, pero igualmente debemos atender al hecho de que, con consciencia del esfuerzo realizado por ellos y de la necesidad de compensar su dedicación.
Así, se dictó por la Generalitat el Decreto Ley 17/2020 de 16 de noviembre, de aprobación de medidas por el esfuerzo realizado por el personal del Sistema Valenciano de Salud y del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales durante el estado de alarma por la Covid-19, en el que se contemplan indemnizaciones a abonar en el caso de los profesionales que participaron en los dispositivos de atención a personas afectadas por la Covid-19, fijando las indemnizaciones en función del tiempo efectivo de trabajo durante el estado de alarma, de la categoría profesional o la exposición al riesgo.
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