Economía
El Tribunal Supremo declara nulo el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) destinado a las operadoras de teléfonos móviles, al considerar que su imposición tiene una finalidad claramente compensatoria, que lejos de atender a los objetivos y fines de este tributo está dirigido a procurar una mayor y mejor recaudación a las Haciendas locales.