LABORAL
Motivada por diferentes razones, cualquier empresa puede adoptar cambios en las condiciones laborales de sus empleados. Puede hacerlo, además, tanto de forma individual como colectiva, aunque cada procedimiento exige seguir unas pautas distintas. En relación con esto, el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores recoge las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, tales como remuneración, horario o funciones, entre otras.