Empresas y finanzas

Los empleados están menos protegidos ante un cambio de condiciones

  • Cuando la organización justifica sus causas, los jueces suelen dictar a su favor

Motivada por diferentes razones, cualquier empresa puede adoptar cambios en las condiciones laborales de sus empleados. Puede hacerlo, además, tanto de forma individual como colectiva, aunque cada procedimiento exige seguir unas pautas distintas. En relación con esto, el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores recoge las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, tales como remuneración, horario o funciones, entre otras.

La compañía debe, llegado el caso, comunicar el cambio "con una antelación mínima de quince días a la fecha de su efectividad", como cita el mencionado artículo. "Se hace por medio de una carta en la que se especifican las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que llevan a la organización a tomar esa decisión", cuenta Montse Rodríguez, directora nacional del área laboral de BDO.

Ante ello, el trabajador puede, en primer lugar, aceptar la modificación que la empresa impone y continuar su labor con las nuevas condiciones. "En el caso en el que el empleado comprenda las causas que motivan a su compañía, pero le vengan mal los cambios, puede aceptar la causa y extinguir el contrato. Llegados a este punto, tiene derecho a percibir una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de nueve meses", señala Rodríguez. Por otro lado, si la persona considera que las razones que alega la empresa no tienen justificación alguna, tiene el derecho de acudir a los tribunales de forma que queda en manos del juez determinar si los motivos se admiten o no.

"El trabajador demanda, pero mientras el juez toma su decisión, tiene que acatar los cambios impuestos por su empresa y seguir yendo a su puesto de trabajo", explica Rodríguez. Si se opta por esta opción, la persona tiene un máximo de 20 días tras la notificación del cambio para acudir a un juzgado de lo social. Como la experta en derecho laboral reconoce, "así como en otras medidas, los juzgados son mas proteccionistas con el trabajador, pero si el juez ve que las causas de la empresa tienen sentido dictan a su favor".

Durante el periodo de crisis económica, las medidas tomadas más comunes fueron las relativas a la cuantía económica percibida -disminución de entre el 20% y el 30%-, así como la reducción de bonos percibidos.

Situación difícil de afrontar

Como sucede con cualquier otro cambio, la reacción más habitual es la oposición. Ante ello, las empresas deben ser conscientes de que habilidades como la escucha activa, la asertividad y la empatía son clave. De hecho, así lo indica Berta Álvarez, psicóloga colegiada y consultora de RRHH, que añade "es fundamental informar adecuadamente de las razones del cambio, planteándolas de forma abierta y sincera, sin rodeos, así como buscar la parte positiva y los beneficios a corto, medio y largo plazo".

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