Francisco de la torre
Hace unos días, el Tribunal Constitucional ratificó, en el caso de Álava, su primera sentencia sobre la inconstitucionalidad del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana -la plusvalía municipal- cuando somete a gravamen una minusvalía como si fuese una plusvalía. Parece una obviedad, porque lo es, que hacer tributar una pérdida como si fuese una ganancia no sólo es una mala idea, es que es simplemente confiscatorio, y por lo tanto contrario al artículo 31 de la Constitución. Lo es aunque se esté poniendo de moda: como ya comentamos en Iuris&Lex, recientemente el PP y el PSOE han establecido un impuesto a las pérdidas en sociedades que, por cierto, es una auténtica chapuza.