El denominado Proyecto de Ley de creación y crecimiento de empresas publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 17 de diciembre de 2021, incluye una propuesta -que ha sido objeto de una profunda expectación- para permitir la creación de sociedades de responsabilidad limitada con un importe de un euro, mediante la modificación del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio: "Artículo 4. Capital social mínimo. 1. El capital de la sociedad de responsabilidad limitada no podrá ser inferior a un euro y se expresará precisamente en esa moneda. Mientras el capital de las sociedades de responsabilidad limitada no alcance la cifra de tres mil euros, se aplicarán las siguientes reglas: Deberá destinarse a la reserva legal una cifra al menos igual al 20 por ciento del beneficio hasta que dicha reserva junto con el capital social alcance el importe de tres mil euros. En caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito".

Doctor en Derecho y profesor de los Grados en Derecho y ADE del IEB