Opinión

Del IRPF al impuesto de las multinacionales

¿Qué esconde el acuerdo del G-7 en materia fiscal?

Los impuestos marcan la actualidad. SI en Estados Unidos los ricos de verdad, esos que lideran la lista de los multimillonarios, pagan menudencias en el impuesto sobre la renta, en España a todo hijo de vecino afecta el impepinable IRPF, que este año depara algún que otro sustillo por lo que toca pagar. 2020 fue un año anormal, pero llegado el momento de rendir cuentas con Hacienda no hay más tutía que cumplir con las obligaciones tributarias.

IRPF estadounidense o español al margen, aunque no estaría de más preguntarse acerca de las coherencias y los huecos de los respectivos sistemas tributarios que tanto relajan a unos, los de allí, y aprietan a otros, los de aquí, porque acá todo currante tiene que aflojar la mosca, la mirada impositiva está puesta en ese pacto del G-7 para instaurar un tipo mínimo global del impuesto sobre sociedades que, en principio, sería del 15%. De algún modo, ese impuesto mínimo de sociedades que gravaría a las grandes empresas, con la vista puesta en las multinacionales tecnológicas y su teórico escaqueo tributario, se establecería por doquier – cosa que está por ver y no será tan sencilla – y vendría a reemplazar a ese remedo de Tasa Google o Tasa GAFA que algunos países están implantando y que sienta como una patada en Estados Unidos. Con todo, se plantea alguna que otra incógnita como es que la fijación de un tipo mínimo del impuesto sobre sociedades global acarrearía eliminar todos los impuestos a servicios digitales y demás medidas similares. En tal caso, si el G-20 y la OCDE dan luz verde a esa iniciativa del nuevo impuesto global, la vida de la Tasa Google en España habrá sido efímera, por su transitoriedad, y estaría condenada a desaparecer.

Del G-7, pues, la propuesta del impuesto sobre sociedades global tiene que pasar al G-20, luego a la OCDE y después a los distintos países, con la voz de la Unión Europea donde sabemos de antemano que habrá fricciones. Y tras un largo recorrido, veremos si fragua la propuesta de armonización fiscal porque algunos países esgrimirán, justamente, su soberanía fiscal. Y, en todo caso, habrá que ver si aplicar un tipo del 15% al impuesto en ciernes acaba perjudicando la recaudación tributaria de algunos Estados donde los tipos nominales son actualmente más altos. En España el Registro de Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas lo sitúa para los grupos de empresas por encima del 21%, tomando en cuenta el resultado contable ajustado y la base imponible positiva ajustada.

Es evidente que países con baja tributación, caso de Irlanda y Luxemburgo, discreparán de tal armonización fiscal. Y por más que se les acuse de dumping fiscal, es normal que cada país intente sacar el máximo provecho de sus dotes de seducción fiscal para atraer a grandes compañías y animarlas a que se instalen en su territorio, vigorizando su economía, como sucede en Irlanda, cuyo PIB en 2020, a pesar de los pesares, creció en 2020.

Hay otro factor decisivo al respecto de ese mal llamado dumping fiscal: la situación de las cuentas públicas. No son pocos los países que en el contexto europeo, y más allá de nuestras fronteras, controlan su deuda pública y la mantienen en cotas muy prudentes, incluso en 2020. Y lo mismo cabe decir del déficit público que, de haberlo, oscila en valores negativos mínimos y que con frecuencia se salda con signo positivo. Y de igual manera, otro elemento a considerar es la templanza del liviano gasto público que hace innecesario aumentar la presión fiscal y exigir más impuesto sobre sociedades.

En Irlanda, en 2020, con todo lo malo de un año tan enrevesado, su gasto público fue del 28,4% sobre el PIB, mientras en España del 52,3%. Y en Luxemburgo su deuda pública no llega al 25% del PIB. Y es que el quid de las subidas de impuestos acaba siendo por lo general el volumen de gasto público.

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