La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dado un golpe sobre la mesa. Propone prohibir la publicidad de brókeres con productos de alto riesgo en eventos como partidos de fútbol. Advierte que "en los últimos años se ha observado un aumento considerable de los patrocinios de clubes de fútbol y jugadores de primer nivel por parte de empresas de servicios o plataformas electrónicas cuyos productos más comercializados son forex, CFDs, opciones binarias o criptomonedas".
El supervisor lleva años intentando proteger al particular de estos instrumentos complejos. "Hay algún país en Europa en el que hay claras restricciones para la publicidad de estos productos en recintos deportivos. Concretamente en Francia.", señaló Sebastián Albella, presidente de la CNMV, hace un año durante la presentación del plan de actividades. "No descartamos prohibir la publicidad", dijo entonces.
La CNMV explica que dentro de las restricciones que están exigiendo otros países estaría justificada la de la "publicidad, tanto directa como indirecta, mediante fórmulas de patrocinio o colaboración con clubes de fútbol, que por definición representan un cauce publicitario dirigido indiscriminadamente al público en general -incluido el juvenil-".
Fuentes del supervisor señalan que es una propuesta que se trasladará al Gobierno para que pueda llegar a tener rango de ley. Aún debe decidirse si se precisa de ello, y también "en qué medida provisional o permanente, podrían utilizarse habilitaciones actualmente existentes en la Ley del Mercado de Valores o MiFIR", indica el supervisor en un artículo del Bolentín trimestral publicado este jueves. Y reconocen que sería "necesario establecer un régimen transitorio para los contratos existentes".
Atlético y Betis, únicos clubes en Europa
España es el único país en el que los clubes se visten con una zamarra que lleva publicidad de estas firmas. "En la temporada 2019/2020 de la Liga Santander, hay dos equipos que incluyen publicidad de este tipo de empresas en sus camisetas. En el resto de las principales ligas europeas no hay ningún club de fútbol que incluya anuncios de este tipo de entidades en sus camisetas", explica la CNMV. Detalla, además, que en la Liga española hay 7 equipos que lucen patrocinios de casas de apuestas online.

El Betis está patrocinado por EasyMarkets y el Atlético de Madrid por Plus500, dos firmas con sede en Chipre enfocadas a productos financieros complejos como contratos por diferencia (CFDs), y que destacan la inversión en activos como las criptodivisas dentro de sus plataformas.
Son los dos únicos con publicidad en sus camisetas, pero otros tienen colaboraciones que incluyen otro tipo de patrocinios como la inclusión de menciones destacadas en las web de los equipos o la participación de jugadores en eventos publicitarios y de márketing organizados por estas empresas. La CNMV destaca que el Valencia y Getafe están ligados a Libertex, empresa que les patrocina "en actos públicos" además de ofrecer descuentos a los aficionados por operar a través de ella. También el Real Madrid está patrocinado por Exness, una compañía similar, y el Sevilla por Ever FX, aunque ambos equipos no incluyan el logo en sus camisetas.

Además de proponer la prohibición, la CNMV explica que podrían "adoptarse iniciativas dirigidas a sensibilizar a los clubes y a la sociedad en general sobre el problema". Una de ellas sería remitir una carta a la Liga de Fútbol Profesional, en la que se recuerden las restricciones vigentes en este momento.
Algunos países europeos como Francia, Holanda, Bélgica o Reino Unido también han decidido establecer medidas para proteger al inversor, que van desde advertencias sobre los riesgos asociados a la contratación o restringir su comercialización hasta establecer una prohibición de la publicidad en canales generalistas o medios destinados al gran público.
Limitaciones de la CNMV
La cruzada de la CNMV viene de atrás. En el mes de junio decidió reforzar las medidas "temporales" que tomó la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, en sus siglas en inglés) un año antes para poner coto a estos productos. El supervisor español acordó prohibir de forma indefinida la comercialización, venta y distribución de opciones binarias entre clientes minoristas y restringir estas actividades en el caso de los CFDs.
Para estos últimos, estableció una serie de limitaciones y requisitos, algunas relacionadas con el apalancamiento. La lucha de la CNMV por proteger al particular del riesgo de estos productos ya dio otros pasos previos. El supervisor exigió en 2017 la firma de puño y letra del cliente minorista en la venta de CFDs, además de que se alertarse con advertencias concretas. Y no se limitó a las entidades españolas que operan en nuestro país. El organismo español solicitó a su homólogo de Chipre -Cyprus Securities and Exchange Commission, (CySEC)- que las entidades chipriotas que comercializan estos productos en España también se ciñeran a las nuevas reglas de juego; finalmente logró una respuesta positiva.
José Maria Gay de Liébana, doctor en Ciencias Económicas y en Derecho, destacaba sobre estos brókeres en 2017, cuando ya habían irrumpido en el fútbol español, que, el hecho de que estas empresas tuviesen sus sedes en Chipre "no me inspira absolutamente nada de confianza. Ya se ha destapado que en el país había mucho dinero que venía en B, de distintos países, en muchos casos del bloque ruso".
En 2014, la CNMV también realizó un estudio en el que concluyó que la pérdida media para un inversor de CFDs es de 3.300 euros y en algunos casos llega a superar el millón de euros.