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La Comisión Europea tumba la declaración de bienes en el extranjero, la 'joya de Montoro'

  • Bruselas dice que aunque son adecuadas para combatir el fraude violan el Derecho de la UE
  • Plantea al TJUE que la normativa es desproporcionada para el contribuyente
Montoro y Montero han defendido a capa y espada el modelo de declaración y sanciones por los buenos resultados contra el fraude. EE

La Comisión considera que es desproporcionada la normativa tributaria que obliga a declarar los bienes y derechos situados en el extranjero, a través un formulario de declaración fiscal Modelo 720, con fuertes sanciones económicas para quien declare fuera de plazo o no lo haga.

Así, lo declara la Comisión Europea en un resolución recurso, que hoy publica el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), remitida a al Tribunal de Justicia de la Unión Europea,en la que llega a la conclusión que las sanciones que consisten en la calificación de los activos como ganancias patrimoniales, la inaplicación de las reglas normales de prescripción y las multas pecuniarias fijas, constituyen una restricción a las libertades fundamentales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y del Espacio Económico Europeo (EEE).

La primera sanción impuesta por el pago fuera de plazo de esta declaración fue anulada por el Tribunal Económico Administrativo Central (Teac) al considerar que el sancionado no era merecedor de una sanción del 150%. 

La recuperación de lo pagado de más, si finalmente el TJUE falla en la misma línea que se ha pronunciado la Comisión Europea, será muy complicado para los sancionados por la declaración de bienes en el extranjero.

El pasado 6 de junio 2019 la Comisión Europea tomó la decisión de interponer recurso contra el Modelo 720 (declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero) ante el Tribunal de Justicia de la UE, pero en su Comunicado de Prensa parecía que únicamente se cuestionarían las sanciones desproporcionadas.

La Comisión alega que aunque en principio estas medidas puedan ser adecuadas para alcanzar los objetivos perseguidos que son la prevención y la lucha contra la elusión y el fraude fiscal, resultan desproporcionadas.

Bruselas solicita al TJUE que declare que el Reino de España ha incumplido las "obligaciones que le incumben en virtud de lo regulado en el TFUE y el EEE".

Este incumplimiento de la legislación comunitaria lo extiende a la consecuencias del incumplimiento de la obligación informativa respecto de los bienes y derechos en el extranjero o de la presentación extemporánea del Modelo 720, que conllevan la calificación de dichos activos como ganancias patrimoniales no justificadas que no prescriben.

También, a imponer automáticamente una multa pecuniaria fija del 150% aplicable en caso de incumplimiento con la obligación informativa respecto de los bienes y derechos en el extranjero o de presentación extemporánea del Modelo 720.

El nivel de las sanciones es superior a las previstas por el régimen general para infracciones similares

Y además, al aplicar multas pecuniarias fijas por incumplimiento de la obligación de información respecto de los bienes y derechos en el extranjero o por presentación extemporánea del Modelo 720, cuyo nivel es superior a aquello de las sanciones previstas por el régimen general para infracciones similares. La Comisión solicita que España sea condenada en costas.

El asesor fiscal, Alejandro del Campo, socio de DMS Consulting, explica que "han pasado casi siete años desde que mi despacho denunció el Modelo 720 ante la Comisión Europea, en febrero 2013. Nuestra denuncia provocó el inicio de un procedimiento de infracción contra España en noviembre 2015, y en febrero 2017 la CE exigió a España la modificación de la normativa mediante un Dictamen Motivado absolutamente demoledor que tanto la CE como España mantuvieron en secreto hasta que en diciembre 2018 mi buen amigo Esaú Alarcón, abogado en Barcelona (en mi opinión la persona que más sabe en España sobre el Modelo 720), consiguió sacarlo a la luz al exigirlo como prueba en un procedimiento ante la Audiencia Nacional".

Una información dada a medias

El abogado, especialista en Derecho tributario, Esaú Alarcón, explica, por su parte que "El contenido de la publicación del recurso que ofrece el DOUE es muy relevante porque deja muy claros los motivos por los cuales la Comisión Europea incoa el procedimiento judicial contra España".

Recuerda que, tras un dictamen motivado emitido por la Comisión a principios de 2017, no fue hasta junio de este año -el día 6, concretamente- que se hizo pública la decisión de ir contra la normativa española relativa a la obligación informativa de bienes en el extranjero.

Como es sabido, la Comisión en sus dictámenes concede un plazo de dos meses para cambiar la normativa o, de lo contrario, actuar contra el país incumplidor. "En este caso, la Comisión tardó muchísimo -más de dos años- por falsas promesas incumplidas de los sucesivos gobiernos españoles", destaca el letrado.

"Bien, aquí viene lo importante: la nota de prensa publicada en junio era incompleta. La unidad de prensa de la Comisión, en aras de la brevedad, mutiló parcialmente el escrito recibido del organismo remitente y utilizó un término ambiguo desde el punto de vista jurídico español, al hablar únicamente de 'sanciones' y no de ganancias no justificadas.

En ese momento hubo cierto revuelo entre los contribuyentes afectados, que temieron que la imprescriptibilidad patrocinada por la norma española continuaría incólume.

Estima Esaú Alarcón que "desde el punto de vista jurídico y más aún teniendo en cuenta mi condición procesalista, me quedaba claro que el contenido del recurso no podía ser menor que el del dictamen motivado, pero el desconcierto fue grande".

Y añade que "de hecho, en el caso de un cliente he llegado a recibir una resolución de un TEAR -no diré el nombre para no humillarlo- que utilizó la parquedad de la nota de prensa como argumento jurídico a favor de la imprescriptibilidad. Una motivación lamentable y muy desacertada técnicamente hablando".

Esaú Alarcón:"un regalo prenavideño que personalmente me sabe mejor que un décimo de la lotería premiado"

"Pues bien, la publicación del asunto C-788/2019 que nos da la gaceta comunitaria resulta muy completa y esclarecedora. En el párrafo final concreta lo que se había denominado "multa", que son tanto las sanciones formales y del 150% como la imputación de una ganancia no justificada por rentas obtenidas en períodos prescritos -es decir, la malhadada imprescriptibilidad", afirma Alarcón.

Concluye, el letrado resumiendo que "en definitiva, un regalo prenavideño que personalmente me sabe mejor que un décimo de la lotería premiado".

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Comentarios 15

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ilegal. la unión europea no es el extranjero
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menudos idiotas hay en el pp y el psoe. la Unión Europea no es el extranjero.



menudo burro el Montoro y los actuales socialistas.

Puntuación 70
#1
el bce presionando para fusiones intraeuropeas y estos del gobierno con el modelo 720
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menuda risa el pp y el psoe.



dando por culo con modelo 720 cuando la tendencia es a fusiones bancarias intraeuropeas.



si un banco europeo adquiere bankia, lio que te crió.

si tienes más de 50.000 euros en in gdirect lio que te crió. modelo 720 parece fue creado por bancos ineficientes españoles para cerrar acceso a bancos europeos.



mafia bancaria española.

Puntuación 51
#2
un ciudadano
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Esto beneficia tambien a quienes tenemos crytpomonedas. En mi caso tengo varios bitcoin y estoy esperando a que se defina una normativa comunitaria para ver si los vendo o sigo operando con ellos.

Puntuación 18
#3
yomismo
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El comentario número 1 y el número 2 no saben de que va el modelo 720, ni tampoco que es lo que ha declarado no conforme a derecho europeo el Tribunal de Justicia Europeo. Con un simple vistazo a la noticia, quedan claras un par de cosas. El modelo 720 no se ajusta a derecho por abusivo, impone una multa excesiva a los que no declaren los bienes en el extranjero, presupone que dichos bienes son ganancia patrimonial (debiendo por tanto tributar por ellos) para el caso de que no se declaren, y además es imprescriptible la obligación de tributar por ellos.

Por supuesto que esto no implica que siga vigente la obligación de declarar bienes en el extranjero, ni que no se pueda multar por no hacerlo. Lo único que significa es que la multa ha de ser más pequeña, que en caso de no declarar los bienes no tiene porque presumirse que estos son ganancia patrimonial, y que la obligación de tributar es prescriptible.

Puntuación 24
#4
Pep
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A mí me hace gracia la afirmación "Bruselas dice que aunque son adecuadas para combatir el fraude violan el Derecho de la UE". Entonces, ¿a qué espera Bruselas para tomar medidas para combatir el fraude? Siempre me ha hecho gracia que sabiendo cual es el problema no aporten ninguna solución en décadas, como pasa también con los ridículos impuestos que pagan las multinacionales.

Puntuación -10
#5
Fran
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Pep, porque algunos miembros de la UE viven de ese "fraude" al tener menos población y menos gasto por capita es mas fácil poner impuestos bajos y recaudar del resto de empresas de la UE como Luxemburgo. La única solucion es jugar igual y poner impuestos muy bajos para competir con el resto de estados como ha hecho Portugal. (Aunque es injusto par el trabajador, la empresa es libre de decidir donde tributa).

Puntuación 18
#6
Fernando
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El peor ministro de Hacienda de la historia , el tuvo la culpa de que el PP perdiera las elecciones ,

Puntuación 40
#7
Incrédulo
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Igual que Bruselas tiene que proteger a los ciudadanos de la banca, y sus clausulas abusivas. Ahora , Bruselas tiene ahora que proteger a los ciudadanos de este Estado confiscatorio.Y aún quieren subir más impuestos. Este país es un infierno tributario que acabará con toda actividad económica. Será la Argentina de Europa.

Puntuación 48
#8
Ziggy Stardust
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Ya sé que la U.E nos hace alguna faena de vez en cuando. Pero si no fuese por ella no se qué iba a ser de este país gobernado por terroristas fiscales.

Puntuación 44
#9
ccc
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La España de Rajoy ,Montoro y De Guindos.......el profesor Bacterio ,Mortadelo y Filemon....

Puntuación 24
#10
Nocabeuntontomas
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Votantes del Psoe sois Subnormales, habeis puesto España en manos de Retrasados Mentales.

Puntuación 16
#11
Esteban
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Las dos joyas de la corona de la derecha y de la izquierdas Montoro y Montero tanto Monta Monta tanto funcionarios los dos cobran de estado y del estado en el que está o esté el país cobran igual como empleados privados lo tendrían complicado porque por menos estarían aunque posiblemente cobrarían más pero no estarían blindados ni tendrían inmunidad.

Puntuación 12
#12
ferrusolo
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Ya era hora de que suprimieran esa aberración. Si pertenecemos a una unión monetaria, pertenecemos con todas las consecuencias. Abajo el terror fiscal.

Puntuación 14
#13
incierto
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SEMEJANTE FOTO NO DEBERIA AMARGARNOS

LA NAVIDAD A NADIE.

SU SIMPLE VISIÓN PRODUCE

NíUSEAS, VÓMITOS........

Puntuación 7
#14
El real
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A ver si cumple el Estado y deroga esa barrabasada. Ya que a la UE le hace caso todo lo que dice, espero que lo haga esta vez que es fundamental. Sin embargo, ya verán que no lo derogarán y se tendrá que seguir presentando ese modelo tan nefasto.

Puntuación 5
#15