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Juanma Lorente, abogado laboralista, advierte a los trabajadores que vuelvan de vacaciones en septiembre: "Te pueden despedir por inasistencia y faltas injustificadas"

Juanma Lorente, abogado laboralista | Foto: TikTok

Con septiembre a la vuelta de la esquina, son muchos los trabajadores que pronto volverán a la rutina después de disfrutar de unas merecidas vacaciones, pero tal vez al reincorporarse a su puesto se encuentren con una sorpresa muy desagradable: una carta de despido sobre la mesa.

Y es que en muchas compañías "buscan cualquier excusa para despedirte, y una de ellas tiene que ver con las vacaciones", advierte el abogado y experto en derecho laboral Juanma Lorente en uno de sus últimos vídeos de redes sociales. Antes de marcharse de la oficina es de vital importancia que cada trabajador deje constancia del tiempo que va a pasar sin acudir a su puesto.

"Hay muchas empresas donde no hay un registro por escrito de quién se va de vacaciones y cuánto tiempo se va", una práctica muy peligrosa para el empleado, dado que la compañía podría aprovechar para echarle con un despido por inasistencia. "Cuando estás de vacaciones no apareces por la empresa", como es lógico, pero "si no hay ninguna prueba de que te has ido de vacaciones, cuando llega el tercer día de haber faltado la empresa te puede despedir".

Despido por inasistencia en el ET

Como su propio nombre indica, un despido por inasistencia ocurre cuando la persona no acude en reiteradas ocasiones a su puesto de trabajo de forma injustificada. Así lo recoge el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 54, que establece que el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario por incumplimientos contractuales, tales como "las faltas repetidas e injustificadas de asistencia".

Es decir, que si no queda constancia de quién se va de vacaciones y durante cuánto tiempo, la compañía podría aprovechar para despedir por inasistencia al trabajador a la vuelta de sus vacaciones al entender que, como no existe registro de las mismas, ha faltado a su puesto de forma reiterada e injustificada.

Además, cuando nos vamos de vacaciones suele ser por un periodo largo, de más de una semana y, aunque la ley no establece un número exacto de faltas injustificadas para proceder al despido, Lorente avisa que podría ocurrir "cuando llega el tercer día".

"Como es lógico, esos tres días no has fichado, por lo que de cara a un juicio la empresa puede demostrar lo que pone en la carta de despido sin ningún problema", continúa a la vez que añade que se trata de un "despido sin indemnización".

Con todo, lo mejor es "dejar prueba del periodo en el que vas a disfrutar de las vacaciones, no cuesta nada", concluye el letrado.

@juanmalorentelaboralista ? NO TE VAYAS DE VACACIONES SIN SABER ESTO ?? Deja prueba de que te vas de vacaciones para evitar sustos con la empresa. #vacaciones #prueba #despido #trabajo ? sonido original - JuanmaLorente_Laboralista
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